Permiso de paternidad y registro salarial: próximos cambios que afectarán a tu PYME
El ejecutivo quiere presentar este viernes el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo, con el que se quiere aprobar el calendario de implantación hasta llegar a las 16 semanas en 2021.
Redactado por Espacio Pymes
La duración en este momento es de cinco semanas y se quiere ampliar este mismo año hasta las 8 semanas. En el año 2020 se llegaría hasta las 12 semanas; alcanzando las 16 semanas en 2021.
Con este RD se pretende que desde el año 2021 los dos progenitores tengan un permiso de seis semanas ininterrumpidas para los dos en el comienzo del periodo, y otras diez semanas para cada uno, que podrán distribuir como quieran antes de llegar a los doce meses desde el nacimiento o la adopción. Este reparto podrá ser a jornada completa o a tiempo parcial, pero no será posible cederla de uno al otro progenitor.
Para poder realizar estos cambios es necesario modificar por un lado el Estatuto de los Trabajadores y también del Estatuto Básico del Empleado Público, ya que esta reforma afecta también a los trabajadores de la Administración pública.
Además será posible ampliar una semana más cada uno de los progenitores en aquellos casos en los que lo hayan disfrutado de forma equitativa . Además se podrá contar con un colchón de 13 semanas adicionales para aquellos casos en los que el recién nacido necesite hospitalización, haciéndose uso exclusivo de aquellos días que dure su ingreso.
Permiso de lactancia
La norma ampliará también el permiso de lactancia al otro progenitor, de forma que los dos tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que pueden dividir en dos medias horas, hasta que el hijo cumpla los 9 meses.
Esta reducción se podrá acumular en jornadas completas, y podrá disfrutarse simultáneamente entre los padres, pero no serán transferibles entre ambos progenitores. En este caso también se propone un incentivo para aquellos casos en los que ambos ejerzan de forma igualitaria este derecho, podrá extenderse hasta que el lactante cumpla un año, pero con una reducción proporcional del salario desde los 9 meses.

Se creará un registro de planes de igualdad de las empresas dependiente de la Dirección General de Trabajo
Cómo afectará a las empresas
Todas las empresas deberán llevar obligatoriamente un registro salarial con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla. Este registro deberá ser accesible a los trabajadores y en él deberán aparecer los datos disgregados por sexo y distribuidos según los diferentes grupos profesionales, categorías o puestos de trabajo de igual valor.
En el decreto se incluye la obligación para las empresas de más de 50 trabajadores de elaborar y aplicar un plan de igualdad, que hasta ahora solo era obligatorio para las empresas de más de 250 empleados. Desde que entre en vigor el decreto, aquellas empresas de entre 50 y 250 trabajadores tendrán un año, para hacer voluntariamente el plan de igualdad, si no lo realizaran en ese plazo, quedarán directamente obligados a hacerlo.
Junto a estas medidas, se creará un registro de planes de igualdad de las empresas dependiente de la Dirección General de Trabajo. A su vez, cada comunidad autónoma crearán el suyo propio.
Contra la discriminación salarial
En aquellas empresas con al menos 25 trabajadores, el promedio de las retribuciones de los trabajadores de un sexo sea superior al del otro en un 25 % o más, se presumirá que existe discriminación salarial.
Para realizar este cálculo se deberá tomar el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, salvo prueba en contrario que lo justifique por motivos no relacionados con el sexo de los trabajadores.