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Diferencia entre asociación y sociedad para realizar una actividad

Desde Espacio Pymes te explicamos la diferencia entre una asociación y una sociedad de cara a realizar una actividad para conseguir un fin.

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Diferencia entre asociación y sociedad

Las asociaciones se constituyen cuando exista un acuerdo entre tres o más personas físicas o jurídicas legalmente constituidas. Los asociados se comprometen a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir un fin que puede ser de interés general o particular, para ello deben de establecer unos Estatutos por los que se rige el funcionamiento de la asociación.

Para considerar constituida a una asociación, además de aprobar los Estatutos, se deberá formalizar este acuerdo en un acta fundacional, ya sea en un documento privado que es aquel en el que solo intervienen los particulares, o en un documento público, en el que interviene un funcionario público como un notario, registrador, etc. De este modo, la asociación adquiere su personalidad jurídica y la plena capacidad de obrar.

La mayor diferencia con una sociedad se encuentra en su finalidad y en el modo de tomar decisiones. Mientras que en una sociedad el fin último es el de generar riqueza y ganar dinero, una asociación no se crea con fines lucrativos. En el caso de la organización interna y el funcionamiento de la asociación debe ser democrático.

¿Es necesario registrar una asociación?

Sí, las asociaciones deberán inscribirse en el correspondiente Registro, a los solos efectos de publicidad. Esta inscripción en el registro hace que la constitución y los Estatutos de las asociaciones sean públicos, lo que garantiza el trato entre sus propios miembros, y con los terceros que con ellas se relacionan.

Diferencias con las sociedades

Las sociedades de capital pueden constituirse solo por dos socios y no tres como en el caso de las asociaciones. Existen diferentes tipos de sociedades: de responsabilidad limitada, sociedad anónima y sociedad comanditaria por acciones.

  • En el caso de sociedad de responsabilidad limitada, el capital que se aporta por los socios debe ser superior a 3.000 € y estará dividido en participaciones sociales, y los socios no responderán personalmente de las deudas sociales.
  • En el caso de la sociedad anónima el capital aportado por los socios no podrá ser inferior a 60.000 €, y estará dividido en acciones. En este caso, los socios tampoco responderán personalmente de las deudas sociales.
  • En la sociedad comanditaria por acciones, el capital debe ser superior a 60.000 € y se integrará por las aportaciones de todos los socios, pero uno de ellos, en este caso, responderá personalmente de las deudas sociales como socio colectivo.

En el caso de las asociaciones, sus ingresos llegan a través de las cuotas de sus asociados o de subvenciones y donaciones y en caso de obtener beneficios tras la realización de sus actividades, estos deben ser reinvertidos en cumplir los fines sociales acordados en los estatutos.

¿Tengo que pagar IVA en una asociación?

La respuesta es que sí, aquellas entidades que realicen una actividad económica y utilicen factores de producción materiales y humanos para producir y distribuir bienes y servicios, estarán sujetas a IVA, independientemente de los fines altruistas de la asociación. Siempre que se reciba una contraprestación a cambio de los bienes o servicios que la entidad ofrece, estará sujeta al IVA.

¿Cómo sé cuándo mi asociación está realizando una actividad económica?

Según se establece en el artículo 12.c) del Real Decreto 243/1995 , en el caso de que una asociación utilice “anuncios, circulares, muestras, rótulos o cualquier otro procedimiento publicitario que ponga de manifiesto el ejercicio de una actividad económica…” estará sujeta a IVA.

Ejemplo : Una asociación de teatro realiza una representación en una sala a cambio de una contraprestación dineraria, se está ejerciendo una actividad económica con fines lucrativos y este beneficio debe ser declarado.

 

Diferencia entre asociación y sociedad
Diferencia entre asociación y sociedad

¿Una asociación tiene que pagar el Impuesto de Sociedades?

No todas las asociaciones están obligadas a presentar la declaración del Impuesto de Sociedades, por lo que se habrá que valorar en cada caso en concreto según su cifra de ingresos.

No le corresponde presentarlo aquellas que:

  • Sus ingresos totales no superen 75.000 euros anuales ya sea de rentas exentas o no exentas.
  • Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas no superen 2.000 euros anuales.
  • Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.

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