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Qué debes conocer si estas pensando abrir una franquicia

Existen diferencias entre un contrato de franquicia y uno de concesión mercantil. Estas y otras cuestiones te las explicamos en el siguiente artículo.

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En primer lugar es bueno entender que en el contrato de franquicia se recoge la actividad que se realiza entre una empresa, el franquiciador, que cede a otra, el franquiciado, el derecho a la explotación de una franquicia, a cambio de una contraprestación económica, sobre un negocio o actividad mercantil que el primero venga desarrollando con suficiente experiencia y éxito, para comercializar determinados tipos de productos o servicios y que comprende, por lo menos:

a) El uso de una denominación o rótulo común u otros derechos de propiedad intelectual o industrial y una presentación uniforme de los locales o medios de transporte objeto del contrato.

b) La comunicación por el franquiciador al franquiciado de unos conocimientos técnicos o un saber hacer, que deberá ser propio, sustancial y singular, y

c) La asistencia comercial y/o técnica continua del franquiciador al franquiciado, durante la vigencia del acuerdo; todo ello sin perjuicio de las facultades de supervisión que puedan establecerse contractualmente.

Diferencia entre franquicia y contrato de concesión mercantil

No tendrá necesariamente la consideración de franquicia, el contrato de concesión mercantil o de distribución en exclusiva, por el cual un empresario se compromete a adquirir en determinadas condiciones, productos normalmente de marca, a otro que le otorga una cierta exclusividad en una zona, y a revenderlos también bajo ciertas condiciones, así como a prestar a los compradores de estos productos asistencia una vez realizada la venta.

Tampoco tendrán la consideración de franquicia ninguna de las siguientes relaciones jurídicas:

a) La concesión de una licencia de fabricación .

b) La cesión de una marca registrada para utilizarla en una determinada zona.

c) La transferencia de tecnología.

d) La cesión de la utilización de una enseña o rótulo comercial.

franquicia
Contrato de franquicia
Si vas a realizar un contrato con un franquiciador extranjero, deberás solicitarle los datos de inscripción en los registros de franquiciadores a que vengan obligados, de acuerdo con las leyes de su país o Estado de origen

Qué debes conocer si estas pensando abrir una franquicia

Antes de firmar ningún contrato o realizar algún pago por el franquiciado y con una antelación mínima de veinte días hábiles de la firma de dicho contrato, el franquiciador deberá darte por escrito la siguiente información no engañosa:

En primer lugar deberá facilitarte los datos de identificación del franquiciador : nombre o razón social, domicilio. Los datos de inscripción en el registro de franquiciadores, así como, cuando se trate de una compañía mercantil, capital social recogido en el último balance, con expresión de si se halla totalmente desembolsado o en qué proporción y datos de inscripción en el Registro Mercantil.

Si vas a realizar un contrato con un franquiciador extranjero, deberás solicitarle los datos de inscripción en los registros de franquiciadores a que vengan obligados, de acuerdo con las leyes de su país o Estado de origen.

En segundo lugar necesitarás conocer la acreditación de tener concedido para España, y en vigor, el título de propiedad o licencia de uso de la marca y signos distintivos de la entidad franquiciadora, y de los eventuales recursos judiciales interpuestos que puedan afectar a la titularidad o al uso de la marca, si los hubiere, con expresión, en todo caso, de la duración de la licencia.

En tercer lugar, es fundamental la descripción general del sector de actividad objeto del negocio de franquicia, que abarcará los datos más importantes de aquél. Y recibir información sobre la experiencia de la empresa franquiciadora, que incluirá, entre otros datos, la fecha de creación de la empresa, las principales etapas de su evolución y el desarrollo de la red franquiciada.

Obviamente se deberá solicitar la información sobre el contenido y las características de la franquicia y de su explotación, que comprenderá:

-Una explicación general del sistema del negocio objeto de la franquicia,

-las características del saber hacer y de la asistencia comercial o técnica permanente que el franquiciador suministrará a sus franquiciados,

-Una estimación de las inversiones y gastos necesarios para la puesta en marcha de un negocio tipo.

Lo ideal es que junto a esta información, el franquiciador haga entrega al potencial franquiciado individual de previsiones de cifras de ventas o resultados de explotación del negocio, y deberás valorar que éstas estén basadas en experiencias o estudios suficientemente fundamentados.

Otro dato que necesitarás conocer es la estructura y extensión de la red en España, con el número de establecimientos implantados en España, distinguiendo los explotados directamente por el franquiciador de los que operen bajo el régimen de cesión de franquicia, con indicación de la población en que se encuentren ubicados y el número de franquiciados que hayan dejado de pertenecer a la red en España en los dos últimos años, con expresión de si el cese se produjo por expiración del término contractual o por otras causas de extinción.

Por último no te quedes con ninguna duda respecto a aquellos elementos esenciales del acuerdo de franquicia, que recogerá los derechos y obligaciones de las respectivas partes, duración del contrato, condiciones de resolución y, en su caso, de renovación del mismo, contraprestaciones económicas, pactos de exclusivas, y limitaciones a la libre disponibilidad del franquiciado del negocio objeto de franquicia.

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