Empresa, Mundo Digital  - 

Ventajas de estar dado de alta en el servicio de notificaciones electrónicas

La notificación pone en conocimiento del interesado un acto o resolución que afecta a sus intereses mediante medios telemáticos. Te explicamos las ventajas que tiene estar dado de alta.

Redactado por
(0) Escribir comentario

¿Qué es el censo de notificaciones electrónicas?

Es un sistema por el que podrás recibir todas las notificaciones electrónicas emitidas por la administración en tu correo electrónico. Por eso, las personas dadas de alta en Censo de notificaciones electrónicas recibirán un aviso a su correo electrónico de que tiene una notificación disponible. De esta manera, tendrás a tu disposición todas las notificaciones únicamente en formato electrónico. Por tanto, se dejará de recibir notificaciones en formato papel.

Una vez recibida, el usuario dispone de 10 días para Aceptar o Rechazar la recepción de dicha notificación, pero cualquiera que sea la opción elegida implica que se da por notificada en el momento que confirme la acción.

Transcurridos los 10 días, sin respuesta del usuario, se dará por notificada a la persona .

¿Qué tipo de notificaciones se puede recibir en el correo?

El tipo de notificación que se puede recibir, dependerá del procedimiento administrativo en el que se dé de alta.

Si un trabajador se da de alta en la gestión y control de prestaciones por desempleo, todas aquellas comunicaciones por parte del SEPE relacionadas con su prestación por desempleo y que requieran acuse de recibo, serán puesta a su disposición en formato electrónico únicamente.

Por ejemplo: Denegaciones, traslado de acciones de control, comunicación de actuaciones relativas a percepciones indebidas, resoluciones de reclamaciones previas, etc.

Dicho esto, el alta en notificaciones electrónicas no afecta a comunicaciones como:

  • La resolución de alta en prestación por desempleo
  • La resolución de baja en prestación por desempleo
  • Y cualquier otra comunicación que no necesite acuse de recibo

¿Es necesario estar dado de alta para consultar las notificaciones electrónicas?

No. Cualquier ciudadano puede entrar a consultar notificaciones electrónicas, independientemente de si están dados de alta en censo de notificaciones electrónicas o no.

Pero si no se solicita de alta, no se recibirá avisos al correo electrónico, ni se tendrá a disposición las notificaciones en formato electrónico emitidas por el organismo durante 10 días desde su emisión. Transcurrido este tiempo las notificaciones electrónicas ya no aparecerán para consultar, pero a diferencia de los inscritos en el Censo no se le dará por notificado .

Lo que sí podrá hacer es Aceptar o Rechazar la recepción de dicha notificación, pero con esta acción se le dará por notificada en el momento que confirme la acción.

 

servicio de notificaciones electrónicas
servicio de notificaciones electrónicas

Pasos para consultar las notificaciones electrónicas

Para consultar las notificaciones los ciudadanos disponen de dos opciones: la Sede electrónica del SEPE, en el apartado Notificaciones Electrónicas o la Dirección Electrónica Habilitada Única.

Memento Social Memento Social

Los comentarios están cerrados