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Pasos para dar de alta un poder para trámites que necesitan identificación electrónica

Pasos para dar de alta un poder para trámites tributarios mediante identificación electrónica.

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Ya es posible dar de alta un poder para terceras personas para que realicen nuestros trámites tributarios aunque se necesite certificación electrónica. Te indicamos los pasos para hacerlo.

En primer lugar es necesario acreditarse por alguna de estas 3 vías:

  1. Poder otorgado mediante comparecencia personal en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia y en el caso de personas jurídicas o entidades carentes de personalidad jurídica a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, mediante comparecencia del representante legal de la entidad o de quien ostente poder suficiente para otorgar los apoderamientos.
  2. Poder otorgado mediante documento público o documento privado con firma notarialmente legitimada presentado ante la Agencia Tributaria.
  3. Poder otorgado por internet mediante el uso de alguno de los sistemas de identificación y autenticación previstos en el artículo 13 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Apoderamiento mediante identificación electrónica

Este apoderamiento otorgado mediante identificación electrónica en la web de la Agencia Tributaria permite apoderar a un tercero (persona física o jurídica), para que realice por internet, en su nombre, cualquiera de los trámites y actuaciones en materia tributaria que se encuentren habilitados mediante apoderamiento con su propio certificado electrónico, DNIelectrónico oCl@vePIN.

  1. Los trámites disponibles para el apoderamiento a través de internet pueden consultarse en " Colaboradores ".
  2. Para dar de alta el poder para trámites tributarios, accede a "Alta de poder mediante identificación electrónica" dentro de los trámites del "Registro de apoderamientos".
  3. Consulta el aviso de la parte superior. Ten en cuenta que si otorgas un apoderamiento para recibir notificaciones de un trámite específico, para ese trámite concreto las notificaciones se dirigirán al destinatario del documento y al apoderado específicamente designado, no recibiendo la notificación el apoderado en el trámite general.

Apoderamiento general

Para obtener un apoderamiento general debes:

  1. Clicar en "Alta de poder general para trámites tributarios".
  2. Cumplimenta el campoNIF/CIFdel apoderado, selecciona el o los códigos de los trámites: "GENERALLEY58", "GENERALDATPE" y "GENERALNOT" e indica la fecha de fin de la autorización. Si la fecha no se cumplimenta se considera que el plazo de autorización es ilimitado.
  3. Marca la casilla de autorización y pulsa "Firmar y Enviar".

En la ventana de respuesta se informará de los datos del poderdante, el apoderado, la relación de apoderamientos dados de alta y elCSV(Código Seguro de Verificación) que podrás cotejar en el apartado "Cotejo de documentos mediante código seguro de verificación" en la web.

 poder para trámites
Poder para trámites

Apoderamiento específico

Cumplimenta el campoNIF/CIFdel apoderado, indica la fecha de fin de la autorización (si la fecha no se cumplimenta se considera que el plazo de autorización es ilimitado) y selecciona el o los códigos de los trámites para los que se otorga el poder.

  1. Los trámites específicos aparecen organizados por categorías. Para desplegar las subcategorías haz clic en el signo "+" de la carpeta correspondiente.
  2. Puedes seleccionar una categoría completa o una subcategoría específica.
  3. Pulsa "Aceptar" en la parte inferior.

En todo caso, recuerda que es necesaria la autorización por parte del apoderado para que los apoderamientos surtan efecto. Que el apoderamiento puede ser otorgado a una o varias personas, tanto físicas como jurídicas, y que el poderdante puede realizar la "Consulta y revocación de apoderamientos otorgados" accediendo a "Apoderamiento para la realización de trámites y actuaciones en materia tributaria por Internet" de la web.

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