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Reducción de capital de una sociedad

A lo largo de la vida de una sociedad podrían darse ciertas circunstancias que disminuyan el capital social. Al igual que ocurre con la ampliación, será necesaria la modificación de los estatutos. La cual constará en escritura pública y será inscrita en el Registro Mercantil.

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Tipos de reducción del capital social

Porque se devuelvan aportaciones

Las operaciones que se llevan a cabo implican la devolución que hubieran realizado los accionistas cuando se constituyó la sociedad o si anteriormente se amplió el capital. Al disminuir el capital, disminuirá también la garantía de los acreedores.

Por ello, estos pueden oponerse si su crédito había nacido antes de que se publicara el último anuncio del acuerdo de disminución, de acuerdo con el artículo 166 del TRLSA (texto refundido de la ley de Sociedades Anónimas). La oposición podrá darse hasta que se le garanticen debidamente sus créditos .

No obstante, la sociedad puede evitar que los acreedores se opongan si les avalan directamente o si hacen la reducción con cargo a reservas o a beneficios.

 

Porque se condonen dividendos pasivos

Se parece al caso anterior, solo que en lugar de devolver las aportaciones de la constitución de un proceso de ampliación a los accionistas, ahora se condonarán compromisos . Dichos compromisos son los que se hubieran adquirido en el momento en el cual se suscribieron acciones en un momento anterior. Estas acciones no debían estar aún desembolsadas.

Porque se restablezca el patrimonio de la sociedad a causa de pérdidas

Otro caso de reducción del capital es que la sociedad tuviera pérdidas por debajo de las dos terceras partes de su capital social. En este caso, es necesario un proceso de saneamiento a consciencia de las pérdidas. Por ello, se restablece el patrimonio de la sociedad a través de una disminución en consecuencia.

Las continuas pérdidas de patrimonio en la sociedad generan un efecto "descapitalizador" sobre la misma. Esto significa que a nivel contable, las pérdidas se trasladan a la cuenta de resultados negativos de los ejercicios anteriores. Esta cuenta se encontrará dentro del apartado del pasivo en relación con los fondos propios, representándose como el balance con signo negativo .

Capital social

Dada esta circunstancias, si las pérdidas han sido significativas, resulta necesario una reclasificación a nivel contable con respecto a las partidas de los fondos propios del balance de situación. El fin primordial es que el patrimonio con el que cuenta la sociedad debe representarse de manera real y fidedigna.

En conclusión, el mencionado artículo 163 del TRLSArecoge esta situación en la cual la sociedad haya disminuido su patrimonio contable o haber social por debajo de las dos terceras partes. En cuyo caso será obligatoria la reducción del capital social . Siempre y cuando, hubiera transcurrido, sin recuperarse el patrimonio, un ejercicio social.

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