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Busca un inversor externo que financie tu proyecto

Una posibilidad para obtener nuevos fondos para su empresa consiste en encontrar un inversor externo que financie algún proyecto, o que aporte fondos para salir de una situación delicada.

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Dónde localizar Business angels

Existen personas y entidades interesadas en este tipo de inversiones (por ejemplo, los denominados business angels , o las sociedades de capital riesgo). Si entra en el buscador de Google y pulsa “business angels España” o “sociedades de capital riesgo España”, encontrará múltiples referencias y asociaciones que aglutinan a estos colectivos:

  • Los business angels suelen implicarse en proyectos que requieren entre 50.000 y 300.000 euros (importe que cuadra con las inversiones habituales de las pymes).
  • En general, no se limitan a inyectar fondos: suelen invertir en sectores que ya conocen, aportando conocimiento, experiencias y contactos. Pueden, incluso, asumir un rol de relaciones públicas o de asesor-consultor.

También encontrará información de estos colectivos en la página webhttp://www.ipyme.org, acudiendo a “Financiación”, “Programas de la DGIPYME” y, dentro de este apartado, “Impulso a las Redes de Business Angels”.

Importancia de las personas. Para conseguir que uno de estos inversores apoye su proyecto es muy importante que prepare un plan de negocio realista y bien documentado. Pero, además, los business angels valoran especialmente los siguientes puntos:

  • Su perfil y el de las personas o directivos que le acompañan en el proyecto (conocimientos técnicos, experiencia en el sector, etc.).
  • Será más sencillo encontrar financiación para un proyecto en el que usted también aporta parte del capital.

Formas jurídicas

Según la situación. Aunque los business angels no suelen invertir en empresas en dificultades, pueden hacerlo si el proyecto atraviesa problemas puntuales pero es viable a medio plazo. En estos casos, lo más corriente es firmar un préstamo participativo; en otras situaciones lo habitual es firmar un contrato de cuentas en participación o negociar directamente la entrada en el capital de la empresa.

Formas de canalizar la aportación del inversor externo

Préstamo participativo

Ejemplo. Su negocio es viable a largo plazo, pero ahora tiene pérdidas y la situación es delicada. Aunque ha encontrado un inversor externo, éste no quiere acudir a una ampliación de capital y tener que esperar a recibir dividendos dentro de unos años (con la incertidumbre de que ello sea posible). Pues bien, en estos casos pueden formalizar un préstamo participativo, que permitirá al inversor recuperar la inversión a partir de un determinado momento:

  • Al tratarse de un préstamo, el inversor sabe que puede exigir los intereses y las devoluciones pactadas. No es un socio cuyos dividendos dependen de que haya beneficios en el futuro y de que se acuerde el reparto.
  • Para la empresa, el importe recibido como préstamo participativo se considera patrimonio neto. Es decir, sirve para salvar la situación deficitaria de fondos propios, evitando así la posible disolución o la responsabilidad de los administradores.

Diferencias. Para que un préstamo sea participativo es necesario que exista una vinculación entre la marcha de la sociedad y el propio préstamo. Vea algunas cláusulas habituales:

  • Su vencimiento se pacta a medio o largo plazo, para garantizar la viabilidad del proyecto financiado. Por ejemplo, a un mínimo de cinco años (menos no permitiría asentar el proyecto).
  • Las devoluciones del principal se ajustan a las previsiones de generación de tesorería, con plazos de carencia iniciales.
  • Suelen pactarse intereses variables, según la marcha del negocio. De este modo, puede pactarse que no se devenguen intereses si la sociedad tiene pérdidas, que se devenguen por encima del tipo habitual si tiene beneficios, etc.
  • Contrato de cuentas en participación

    Sin ser socio. Otra alternativa es la firma de un contrato de cuentas en participación. Mediante este contrato, una persona (el inversor) aporta dinero al negocio de otra (usted), participando en los resultados prósperos o adversos en el porcentaje que se determine, pero sin ser socio ni intervenir en la gestión de la actividad. Ello tiene varias ventajas:

    • Si el inversor le hiciese un préstamo, podría exigir intereses y el reintegro del importe prestado a su vencimiento.
    • Además, si el negocio no va bien, usted no estará obligado a devolver toda la aportación del inversor, ya que él también participa en las pérdidas.

    Cada año se determinará el resultado obtenido y el inversor tendrá derecho a que se le entregue la parte de beneficio que le corresponda. En caso de pérdidas, la parte que le corresponda se imputará al patrimonio aportado (de forma que, si la cuenta en participación se cancelase en ese momento, el inversor recibiría una suma inferior a la aportada inicialmente).

    Flexibilidad. El contrato de cuentas en participación permite una gran flexibilidad:

    • Si su sociedad tiene varias actividades, la participación puede limitarse a una sola (por ejemplo, un nuevo proyecto para el que necesita dinero) o a varias, y firmarse por tiempo determinado o indefinido.
    • Pueden acordar la periodicidad con la que el inversor recibirá información de la marcha de la actividad (mensual, trimestral...); que la participación en pérdidas sea igual o sea inferior al porcentaje de participación en ganancias; si en el momento de la liquidación se devolverá sólo la cantidad neta que quede o si se valorará el negocio y se pagará al inversor la plusvalía tácita que se haya generado, etc.
    • Aunque el inversor no pueda intervenir en el día a día del negocio, sí puede exigir responsabilidades si su patrimonio se ve afectado por actuaciones dolosas o negligentes del titular. Por ejemplo, si éste destina los fondos recibidos a actividades distintas a las pactadas, el inversor podrá exigir la restitución de la aportación y una indemnización por daños y perjuicios.

    Ejemplo. El inversor aportará 200.000 euros a un proyecto a través de un contrato de cuentas en participación a cinco años. Si el beneficio bruto esperado para ese proyecto es de 90.000 euros al año, vea por un lado la rentabilidad para el inversor (según su participación en los resultados), y por otro lado si se van a generar fondos suficientes para reintegrarle su aportación llegado el vencimiento:

     

    Concepto% del inversor en resultados
    20%30%40%50%
    Inversión total200.000200.000200.000200.000
    Rent. anual (total)90.00090.00090.00090.000
    Rent. anual (inversor)18.00027.00036.00045.000
    % rent. anual (inversor)16%13, 50%18%22, 50%
    Fondos restantes (1)270.000236.250202.500168.750
    ¿Podrá reintegrarse? (2)No
    1. Resto de beneficios que quedan a favor del titular del negocio, acumulados en cinco años y descontado el 25% del Impuesto sobre Sociedades.
    2. Llegado el vencimiento, cinco años.

inversor externo
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Fiscalidad

Recuerde la fiscalidad aplicable al titular del negocio y al cuenta-partícipe[DGT V1948-17]:

  • El titular del negocio computará cada año un gasto por la parte de beneficio que deba entregar al inversor, y un ingreso por la parte de pérdida que pueda imputarle (ingreso que se contabiliza reduciendo el saldo de la inversión realizada).
  • El cuenta-partícipe deberá computar como un ingreso del ejercicio el beneficio anual que le corresponda. Si se le deben liquidar pérdidas, las computará como un rendimiento del capital mobiliario negativo.

El beneficio satisfecho al cuenta-partícipe está sujeto a retención.

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