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Últimas medidas de apoyo a la PYME y autónomos actualizadas a enero 2021

La batería de medidas aprobadas la última semana de 2020 afecta a Pymes y autónomos en diferentes cuestiones que te explicamos en este artículo.

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Estas son las medidas de apoyo a la PYME y autónomos aprobadas para mitigar el situación del tejido productivo español, formado en su mayor parte por pymes y autónomos . En el caso de los aplazamientos de deudas tributarias, o la flexibilización para pasar de la estimación objetiva a estimación directa, se repiten ante la buena acogida y los positivos efectos que han tenido en anteriores ediciones.

Aplazamiento de deudas para Pymes y autónomos.

De nuevo, se abre la posibilidad de aplazar durante seis meses, los tres primeros sin intereses, las deudas tributarias correspondientes a las declaraciones del primer trimestre de 2021. De este modo, en lugar de pagar en el mes de abril, se podrá retrasar dicho pago hasta el mes de octubre .
La medida abarca a las deudas de hasta 30.000 euros y no exige aportación de garantías. La pretensión es evitar a pymes y autónomos tensiones de tesorería que puedan tener a causa de la crisis que estamos viviendo.

Régimen de módulos y pagos fraccionados

En la actualidad, existe en el IRPF una reducción del 5% para el cálculo del impuesto a pagar por módulos. Sin embargo tras las últimas medidas aprobadas antes de finalizar 2020, el porcentaje para todo el año 2020, sube hasta el 20% con carácter general y hasta el 35% para determinadas actividades que han sufrido más el impacto de la pandemia; estas son las vinculadas a la hostelería, el turismo y el comercio.

Los pagos fraccionados se calcularán aplicando esa reducción. Así, en este mes de enero de 2021, en el momento de pagar el último trimestre de 2020, se hará con esta nueva reducción. En cuanto a este 2021, se aplicarán dichas reducciones al primer pago fraccionado a realizar. Asimismo, se aplicará la reducción del 20% y 35% en el régimen simplificado del IVA, para el cálculo de la cuota anual devengada en 2020 por operaciones corrientes y para el cálculo del ingreso a cuenta correspondiente a la primera cuota trimestral del ejercicio de 2021.

También queda aprobada la opción que permite pasar de estimación objetiva a estimación directa sin la obligación de permanecer en ella tres años. Esto será también aplicable al régimen simplificado y al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido.

En el caso de la determinación del rendimiento anual en el régimen de estimación objetiva en el IRPF y en el régimen simplificado del IVA, no se computará, en ningún caso, como período en el que se hubiera ejercido la actividad, los días en que estuvo declarado el estado de alarma en el primer semestre de 2020, ni tampoco los días del segundo semestre en los que el ejercicio efectivo de la actividad económica se haya visto suspendido como consecuencia de las medidas adoptadas por la autoridad competente. Tales días tampoco se tendrán en cuenta de cara a la cuantificación del pago fraccionado correspondiente al cuarto trimestre de 2020.

 

medidas de apoyo a la PYME y autónomos
Medidas de apoyo a la PYME y autónomos

Rebaja de alquileres en la hostelería

Otra medida tomada para paliar los efectos de la crisis sanitaria en el sector de la hostelería es promover la reducción de los alquileres de inmuebles dedicados a esta actividad . Se trata de dar a las pymes y autónomos y también a los arrendadores, la posibilidad de rebajar el alquiler en las mensualidades devengadas en el primer trimestre de 2021, la consideración de gasto deducible en el IRPF para el arrendador, siempre que éste no sea un gran tenedor.
Si un propietario de un local que obtiene una renta de 1.000 euros mensuales de alquiler, rebaja el precio del arrendamiento a 300 euros un mes, podrá aplicarse un gasto deducible en su IRPF de 700 euros. Y si en lugar de rebajar el precio, el propietario perdona al arrendatario el alquiler de un mes, el gasto deducible sería 1.000 euros.

Además, para paliar los efectos de un posible aumento de la morosidad, durante 2020 y 2021, se reduce de seis a tres meses el plazo desde que un crédito es exigible para poderlo deducir fiscalmente por incobrable.

Vales de comida

Otra medida que tiene impacto en la hostelería es que se extiende la exención de los vales comida a los trabajadores que estén desempeñando sus funciones mediante el teletrabajo, de forma que podrán utilizar un vale comida pidiendo comida a su domicilio.

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