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Transmisión de empresa, cuestiones fiscales y laborales a tener en cuenta.

Has tomado la decisión de transmitir tu empresa y en este momento solo piensas en cómo hacerlo de la forma adecuada, te detallamos las cuestiones que debes tener en cuenta y la normativa vigente en esta materia.

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Contrato Mercantil

Para realizar de manera correcta la venta de tu empresa debes preparar un contrato mercantil. Se entiende por contrato mercantil el acuerdo bilateral, verbal o escrito, por el que uno de los contratantes, el vendedor, se obliga a entregar la empresa y el comprador, se obliga a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente. Aunque no existe una norma específica que regule la transmisión de empresas, es recomendable negociar sobre todos los aspectos que consideres importantes: contratos, créditos, seguros, patentes, etc.

Acude al notario

Aunque es posible acordar una compraventa de manera verbal, es recomendable acudir al notario para formalizar este contrato en escritura pública e incluir en el un inventario con los elementos que conforman la operación.

En este contrato se debe acordar el modo, lugar, forma y plazo de efectuar el pago: dinero, letras, transferencias bancarias, etc. Además se debe establecer si la demora en el pago obliga al comprador a pagar el interés legal de la cantidad que adeude al vendedor.

Pago de la señal

Una señal es una cantidad entregada anticipadamente por parte del comprador dadas en prueba de conformidad con el contrato y a cuenta del precio. Por ello, es importante recogerlo así expresamente en el contrato.
Las arras o la señal es la cantidad de dinero que se entrega al vendedor como garantía de que el comprador cerrará la operación en un plazo determinado.

¿Qué pasa si se cumple el plazo y no se ha cerrado la operación?

Si tras el cumplimiento del plazo fijado, el comprador no formaliza la compra, se pierde la señal entregada. De igual manera, si el vendedor no respetara el plazo pactado y vendiera la empresa a un tercero, tendría que devolverle al comprador el doble de la citada cantidad.

En condiciones normales en las que se cumple el trato pactado, las arras son consideradas como un pago a cuenta, una vez que se formalice la compraventa.

Obligaciones del vendedor

Como consecuencia del cese de la actividad del vendedor, este se verá obligado a:

− Presentar (en impreso oficial o de forma telemática) la declaración censal de cese de actividad a través del modelo 036 (persona jurídica) ó 037 (persona física). Por medio de esta declaración también se produce la baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
− Solicitar la baja en el Impuesto sobre Actividades Económicas, cuando el sujeto pasivo no esté exento de dicho impuesto (personas físicas, sociedades de nueva creación durante los dos primeros años, y las que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a un millón de euros).

Obligaciones fiscales del comprador que se deben tener en cuenta

En el caso del comprador, una vez producida la transmisión y como consecuencia del cambio de titularidad de la empresa antes de reiniciar la actividad se debe presentar:

- Declaración censal de inicio de actividad a través del modelo 036 (persona jurídica) ó 037 (persona física), que produce efectos respecto al Impuesto sobre Sociedades, al IVA y al IAE para los sujetos pasivos exentos. También permite obtener el NIF.
-Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, modelo 840, para los sujetos pasivos no exentos (sociedades que tengan un importe neto de la cifra de negocios superior a un millón de euros).

Además de las anteriores, una vez adquirida una empresa hay que tener en cuenta el resto de obligaciones tributarias:

1. Práctica e ingreso de retenciones o ingresos a cuenta, cuando en el ejercicio de su actividad se satisfagan determinadas rentas sujetas al IRPF o al Impuesto sobre Sociedades.
2. Declaración anual de operaciones con terceros, modelo 347, cuando se hayan realizado operaciones que en su conjunto superen los 3.005, 06 euros (IVA incluido).
3. Declaración recapitulativa (mediante el modelo 349) de las entregas y adquisiciones intracomunitarias de bienes que se realicen.
4. Presentación, respecto al IVA, de:
-Cuatro declaraciones periódicas en el modelo 303 y
-El resumen anual, con todas las operaciones que se realicen en el ámbito de aplicación del impuesto a través del modelo 390.
5. Autoliquidación e ingreso en el Tesoro, en concepto de pago a cuenta del IRPF, de la cantidad correspondiente a pagos fraccionados a través del modelo 130 en el régimen de estimación directa o del 131 en el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
6. Pago fraccionado a cuenta de la liquidación del Impuesto sobre Sociedades en el modelo 202.
7. Declaración anual del IRPF, rendimientos de actividades económicas, (personas físicas) o del Impuesto sobre Sociedades (personas jurídicas).

Obligaciones Laborales del vendedor de la empresa

El vendedor de la empresa deberá presentar:
− Baja de trabajadores por cuenta ajena en la Tesorería General de la Seguridad Social.
− Baja, en su caso, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
− Toma de razón en el Registro de Empresarios de la extinción de la empresa o del cese en la actividad del empresario.
− Anotación del cambio de centro de trabajo en el Registro de Empresarios de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Obligaciones laborales que se deben tener en cuenta el comprador

Una vez realizada la transmisión de la empresa y como consecuencia del cambio de titularidad de la misma, es necesario presentar:
-Alta en Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos
-Solicitud de inscripción en la Tesorería General de la Seguridad Social y asignación a cada empresario de un número único de inscripción que se considera el primero y principal código de cuenta de cotización.
-Altas de los trabajadores en la Tesorería General de la Seguridad Social.
-Comunicación a la autoridad laboral de:
• La apertura de nuevos centros de trabajo, así como
• La reanudación de la actividad cuando esta se hubiese paralizado como consecuencia de alteraciones, ampliaciones o transformaciones de

 

 

Transmisión de empresa
Transmisión de empresa, cuestiones fiscales y laborales

¿Qué sucede si la empresa tiene deudas?

Para poder transmitir la empresa con deudas es necesario que medie un doble acuerdo:
1) Entre el transmitente y el adquirente, y
2) Entre el adquirente y cada uno de los acreedores.

Pero debes tener en cuenta que por las deudas laborales y de la Seguridad Social nacidas antes de la transmisión responderán solidariamente el vendedor y el comprador de la empresa durante el plazo de tres años .

Por las deudas fiscales responderá el comprador subsidiariamente con los bienes de la empresa.

 

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