Préstamo con un año de carencia: ¿Qué tiene en cuenta el banco a la hora de concederlo?
Su empresa va a solicitar un préstamo y se plantea pedir un período de carencia, en el que sólo pagará intereses. ¿Cuándo interesa solicitar ese período? ¿Qué tiene en cuenta el banco a la hora de concederlo?
Redactado por Apuntes&Consejos
Período de carencia
Excepcional. La carencia es un pacto excepcional que se incluye en el contrato de préstamo y por el cual su empresa no tendrá que amortizar capital durante un determinado período de tiempo. Existen dos tipos de carencia:
- Carencia de amortización. Es el período de tiempo en el cual sólo se pagan los intereses, sin amortizar capital.
- Carencia total. En este caso durante el período de carencia no se paga nada (ni capital ni intereses). Este segundo tipo de carencia es muy poco habitual; en general, se pacta la carencia de amortización.
¿Cuándo solicitarla? Aunque se trata de un pacto excepcional, el banco puede conceder el período de carencia si tiene justificación suficiente. Por ejemplo:
- Estacionales. Si su empresa tiene ingresos estacionales pero no puede demorar la inversión hasta el período en que los obtiene.
- Otros pagos. Si tiene una acumulación de vencimientos a corto plazo e igualmente no le interesa demorar la inversión.
- Plazo de maduración. También puede suceder que el activo a financiar no esté a pleno rendimiento hasta transcurridos unos meses (porque la inversión va ligada a la firma de un contrato de suministro con un proveedor, porque la máquina requiere un determinado período de puesta en marcha...).
Justificado. En todos estos casos conviene presentar al banco unas proyecciones de tesorería razonables, que por un lado justifiquen el período de carencia y por otro justifiquen que, una vez finalizado éste, se va a generar tesorería suficiente para hacer frente a la cuota completa (que en ese momento ya incluirá principal e intereses).

Conviene presentar al banco unas proyecciones de tesorería razonables, que por un lado justifiquen el período de carencia y por otro justifiquen que se va a generar tesorería suficiente para hacer frente a la cuota completa.
¿Le interesa?
Plazo. El plazo máximo de carencia suele ser de dos años (para casos en los que se financia la construcción de una nave o local), pero lo normal es que sea de sólo algunos meses, o de un año. Valore si realmente dicha carencia le va a aliviar las tensiones de tesorería:
- Tendrá un importante coste por intereses (ya que durante unos meses la deuda no se reducirá y pagará sobre todo el principal).
- La ampliación del plazo de devolución del préstamo puede condicionar el acceso a financiación adicional en el futuro.
- Evite que la carencia suponga una financiación a un plazo cercano o superior a la vida útil de los activos, ya que ello comportaría tensiones de tesorería a la hora de renovarlos.
Ejemplo. Su empresa va a invertir en maquinaria y solicitará 100.000 euros de financiación a un tipo de interés del 6% anual. Vea la cuota que deberá pagar cada mes si pacta un período de carencia y, transcurrido dicho período, amortiza el préstamo en tres, cuatro o cinco años:
Cuotas mensuales
Concepto | Euros |
Cuota durante carencia (sólo intereses) | 500 |
Cuota préstamo a tres años (capital + intereses) | 3.042 |
Cuota préstamo a cuatro años (capital + intereses) | 2.348 |
Cuota préstamo a cinco años (capital + intereses) | 1.933 |