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Prestaciones SEPE: ¿Cómo acceder y ver mi prestación?

Si tu empresa se ha visto afectada por un ERTE motivado por el COVID-19, la gestión con el SEPE se realiza entre tu empresa y el organismo público. Normalmente la solicitud inicial se enviará colectivamente. Después será el propio SEPE el que realice los pagos correspondientes. Pero una vez realizados estos trámites, nos surgen dudas que vamos a resolver en este artículo.

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¿Cómo se puede ver la prestación en el SEPE?

Para realizar la consulta sobre la situación de nuestra prestación es necesario entrar en la Sede electrónica del SEPE . Una vez dentro accedemos al apartado de Personas . Entre las opciones que vamos a encontrar, debemos acceder a Consulte su prestación. En caso de haber entrado directamente por la sede electrónica la opción es: Consulte los datos y recibo de su prestación

Para acceder a este servicio es necesario identificarse con un certificado digital, DNI electrónico, usuario y contraseña obtenido a través del sistema Cl@ve o pin al teléfono móvil.

¿Es necesario presentar la solicitud de desempleo por los trabajadores afectados por ERTE?

No. Las personas afectadas por ERTEs no tienen que presentar solicitud de prestación por desempleo. Tu empresa se encargará de hacerlo cuando esté aprobado el ERTE.

He trabajado a tiempo parcial mientras se me aplicaba un ERTE ¿Tengo derecho a compensación?

Si. Cuando se ha compatibilizado la prestación por ERTE y el trabajo a tiempo parcial, puedes solicitar la compensación hasta el 30 de junio de 2021.

Para ello, los pasos que debes dar son: opción " Pre-solicitud de Prestación Individual " Una vez dentro: "Compensación Trabajo a TP Durante Prestación ERTE COVID-19"

Aquí tiene el enlace a la pre-solicitud.

El plazo máximo para que el SEPE resuelva las solicitudes presentadas se extenderá hasta el 31 de julio de 2021.

¿Puedo acceder a mis datos sin Certificado ni DNI electrónico?

Para poder acceder al SEPE sin certificado electrónico, ni DNI electrónico necesitas realizar los siguientes pasos:

Paso 1. Darse de alta en el sistema Clave .

Es posible hacerlo a través de una videollamada desde el siguiente enlace: Alta en Cl@ve por Videollamada - Agencia Tributaria

Paso 2. En caso de ya estar en el sistema clave pero si se desconoce la clave de acceso.

La forma de conseguir la clave es la siguiente:

Se debe entrar en este enlace: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/GC27.shtml

Y una vez dentro acceder a Otros trámites, en la opción: Regenerar Código de Activación de Clave Permanente .

Paso 3. Para recibir este código nos van a pedir un pin que solo se puede recibir desde la APP Clave PIN por lo que es necesario tenerla instalada en el móvil.

Te dejamos los enlaces de descarga de la aplicación.

Android: https://play.google.com/store/apps/details? id=es.aeat.pin24h&hl=es

App Store: https://apps.apple.com/es/app/cl-ve-pin/id842624380

 

Paso 4. Por último, el acceso se debe realizar desde este enlace:

Una vez estemos dentro tenemos que rellenar los campos indicados.

 

 

prestaciones SEPE
Solicitud de prestaciones en el SEPE

¿Qué sucede si cuando entro en el SEPE no veo nada de información?

Es posible que todavía no se haya tramitado tu prestación. La saturación del SEPE está provocando retrasos en la gestión de estas prestaciones. Antes de intentar ponerte en contacto con el SEPE espera hasta el día 10 del mes siguiente, porque es la fecha en la que se realizan los pagos por el Servicio de Empleo. Si no recibes tu prestación, es recomendable que te pongas en contacto con el departamento de RRHH de tu empresa.

¿Cómo debo actuar y qué plazo tengo en caso de haber recibido un cobro indebido por parte del SEPE?

Cuando se perciba indebidamente una prestación o subsidio por desempleo, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) te convocará para que en el plazo de diez días alegues aquello que estimes oportuno. Pasado este plazo, se dictará resolución señalando si has percibido indebidamente una prestación o un subsidio por desempleo y la cuantía equivocada.

El plazo para devolver dicha cuantía es de 30 días a partir de la notificación de la resolución del cobro indebido. Por lo que deberás realizar el ingreso en la cuenta que el SEPE te indique en la misma notificación.

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