Laboral  - 

El Tribunal Supremo garantiza el permiso de lactancia aunque el otro progenitor esté en paro

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia de gran relevancia en la que establece que una empresa no puede negar el permiso de lactancia a un trabajador o trabajadora argumentando la situación de desempleo de su pareja.

Redactado por
(0) Escribir comentario

La sentencia, fechada el 11 de julio, analiza el caso de una mujer que solicitó el permiso de lactancia a su empresa en 2018, pero se le denegó debido a que su pareja estaba desempleado . El Tribunal Supremo examina el punto 4 del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, que establece este permiso como un derecho individual para trabajadores, hombres o mujeres, pero especifica que solo puede ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen.

Esta determinación busca evitar la perpetuación de roles tradicionales y sexistas, contrarios a los objetivos de igualdad establecidos por la Ley Orgánica de Igualdad.

La titularidad de este derecho deba condicionarse a las circunstancias del otro progenitor

El Supremo afirma que este derecho pertenece a la persona que trabaja y que la decisión sobre cómo ejercerlo (ya sea por horas en el día o acumulando jornadas) también corresponde únicamente a dicho empleado. Además, destaca que la norma no indica que la titularidad de este derecho deba condicionarse a las circunstancias del otro progenitor. Según la interpretación de la magistrada Rosa María Viroles Piñol, la norma omite por completo la consideración de qué sucede cuando uno de los progenitores no trabaja. Por lo tanto, carecería de sentido privar a quien trabaja del permiso en base a la incapacidad del otro progenitor para ejercerlo.

La sentencia también subraya que este derecho está desvinculado de la condición biológica de la mujer y, por lo tanto, no tiene sentido atender a la situación del otro progenitor que no activa el permiso. En consecuencia, el Tribunal Supremo ha respaldado a la trabajadora que solicitó el permiso y se le denegó injustificadamente.

El Estatuto de los Trabajadores establece que los empleados con hijos menores de nueve meses tienen derecho a una hora de ausencia laboral, que se puede dividir en dos fracciones. También pueden optar por sustituir este derecho por una reducción de media hora en su jornada laboral o acumularlo en jornadas.

permiso de lactancia
permiso de lactancia

Memento Seguridad Social

Si necesitas conocer a fondo esta y otras cuestiones te recomendamos el Memento Seguridad Social .

Este libro es imprescindible para la Administración Pública, los responsables de personal en empresas y los asesores. Encuentra respuestas sobre cotización, recaudación, reclamaciones, tramitación, prestaciones, incompatibilidades y más. Nuestro análisis exhaustivo cubre todas las modificaciones en materia de Seguridad Social.

Cada solución está respaldada por la jurisprudencia y doctrina más reciente y relevante. No pierdas la oportunidad de tener en tus manos esta valiosa herramienta que te guiará hacia el éxito en el complejo campo de la Seguridad Social.

Memento Social Memento Social

Los comentarios están cerrados