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Pensión no contributiva de jubilación: requisitos

A través de la Seguridad Social se garantiza a las personas en estado de necesidad que no hayan cotizado o lo hayan hecho de forma insuficiente la protección adecuada frente a las contingencias recogidas en la Ley General de la Seguridad Social.

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La pensión no contributiva de jubilación permite que todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad, puedan acceder a una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.

Para ser beneficiarios de la pensión no contributiva de jubilación es necesario ser ciudadano español o nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplan los siguientes requisitos:

Carecer de ingresos suficientes

Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2022, sean inferiores a 5.899, 60 € anuales.

No obstante, si las rentas o ingresos personales son inferiores a 5.899, 60 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen más adelante.

Existirá unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.

  1. Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:
    Nº convivientes€/Año
    210.029, 32
    314.159, 04
    418.288, 76
    ......
  2. Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:
    Nº convivientes€/Año
    225.073, 30
    335.397, 60
    445.721, 90
    ......

Requisitos propios de la pensión no contributiva de jubilación

- Tener sesenta y cinco o más años.

- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

La pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales, reguladas en la Ley 45/1960, de 21 de julio, y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona contemplados por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, así como con la condición de causante de la asignación familiar por hijo a cargo mayor de 18 años y con discapacidad igual o superior al 65%.

 

Pensión no contributiva de jubilación
Pensión no contributiva de jubilación

Cuantía de la pensión no contributiva

La cuantía individual de la pensión se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o los de las personas que integran la unidad económica, no pudiendo ser inferior dicha cuantía a 1.474, 90 € anuales, que se corresponde con el 25 por 100 del importe íntegro para el año 2022.

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