Empresa  - 

Pasos para la extinción de un sociedad limitada

Cuando una sociedad limitada debe cerrar, da comienzo un proceso por el cual el empresario debe realizar una serie de trámites para cerrar la empresa.

Redactado por
(1) Escribir comentario

Este proceso de extinción de una sociedad está previsto en la legislación y se lleva a cabo a través de los pasos que desarrollamos a continuación.

I. Disolución de la sociedad

Para que se produzca la disolución de la sociedad es necesario alcanzar un acuerdo de la Junta General para poder iniciar el proceso de liquidación de la empresa. Esta disolución, paraliza la actividad ordinaria de la empresa y permite abrir el periodo de liquidación.

Los efectos inmediatos de la disolución de una sociedad son los siguientes:

- La sociedad entra inmediatamente en el período de liquidación.
- Queda obligada a añadir a su denominación la frase "en liquidación".
- Se suspende toda su actividad lucrativa.
- El órgano administrativo de la sociedad se sustituye por el órgano que liquidará la sociedad.
- En el caso de que el proceso de liquidación se extienda por un período superior a un año, el balance anual es sustituido por un estado de cuentas.

II. Liquidación de la sociedad limitada

Una vez disuelta la empresa se abre el periodo de liquidación cuya finalidad busca el reparto entre los socios del patrimonio restante después de haber liquidado los créditos pendientes y haber satisfecho todas sus deudas sociales.

Las personas que se encargan de llevar a cabo este proceso se denominan liquidadores y se designan según lo establecido en los estatutos o, en su defecto, podrán ser nombrados por la Junta General.

Este periodo no anula la personalidad jurídica de la sociedad y por eso se mantendrán las convocatorias y reuniones de las Juntas Generales de socios. En estas Juntas Generales, los liquidadores deberán explicar la marcha de la liquidación para que la Junta acuerde lo que más convenga.

Conclusión de la liquidación

Una vez concluida la fase de liquidación, los liquidadores presentarán a la Junta General los siguientes documentos:

  • un balance final.
  • un informe completo sobre las operaciones realizadas.
  • un proyecto con la división entre los socios del activo resultante.

Finalmente tendrá lugar la división del patrimonio social resultante según dicten los estatutos.

En caso de concurso de acreedores.

Un caso diferente es cuando el inicio de la fase de liquidación se produce por la apertura de un concurso de acreedores. En este caso se produce la disolución de pleno de derecho de la sociedad, y esta no podrá nombrar a los liquidadores.

La legislación a aplicar es la establecida en el capítulo II del título V de la Ley Concursal.

extinción de un sociedad
Pasos para la extinción de un sociedad limitada

III. Extinción de una sociedad limitada

Una vez realizada la liquidación, los liquidadores están obligados a inscribir esta extinción en el Registro Mercantil, mediante otorgamiento de una escritura pública que debe incluir:

-Un balance final de la liquidación.
-Un acuerdo de aprobación de dicho balance final.
-La declaración de haber procedido al pago de los acreedores o a la consignación de sus créditos en caso de no haber pagado dichas deudas.
-La división del resultado final y cómo se ha distribuido este patrimonio entre los socios.

Todo este proceso de extinción de una sociedad limitada también afecta a las Comunidades de Bienes, a la Sociedad Civil, a la Sociedad Colectiva, a la Sociedad Comanditaria Simple, a la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, a la Sociedad Limitada Nueva Empresa, a la Sociedad Anónima, a la Sociedad Comanditaria por acciones, a la Sociedad Laboral (Limitadas y Anónimas), a las Sociedades Profesionales, a la Sociedad Agraria de Transformación, a las Sociedades Cooperativas, a la Sociedad de Garantía Recíproca, a la Sociedad de Capital-Riesgo y a las Agrupaciones de interés económico.

 

Memento Social Memento Social

COMENTAR ESTA NOTICIA

Desde Espacio Pymes no disponemos de un servicio gratuito de asesoramiento, por lo que tu comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesitas una respuesta profesional, te recomendamos realices tu pregunta desde el siguiente [enlace] desde donde podrás establecer un contacto privado con un abogado.

Muchas gracias.

Enviar comentario

PT
Pablo Torres

Buenos días:
Una vez se ha producido la inscripción de la escritura de Disolución y Extinción de la empresa en el Registro Mercantil, y po tanto, se produce el cierre registral de la empresa, ¿ se deben Legalizar los Libros Oficiales de ese año ? ¿Se deben Depositar las Cuentas Anuales de ese Ejercicio? Y si es así, ¿ como se procede por vía telematica si la empresa ya no existe en el Mercantil?
Muchas gracias anticipadas y un saludo
Psblo