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Multa de 130.000 euros a la empresa que no identificó a 13 trabajadores que huyeron durante una inspección de trabajo

El Tribunal Supremo confirma la sanción por una falta muy grave de obstrucción a la labor de los inspectores de Trabajo.

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En una sentencia reciente, la Sala Social del Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 130.000 euros impuesta a una empresa dedicada al cultivo y recolección de fresas en Huelva por una falta muy grave de obstrucción a la labor de los inspectores de Trabajo. La empresa no identificó a 13 trabajadores que abandonaron a la carrera el centro de trabajo durante dos visitas de Inspección, en mayo de 2021.

Los hechos probados

Los hechos se remontan al 27 de mayo de 2021, cuando durante una inspección de rutina, 15 trabajadores que se encontraban recolectando fresas huyeron del lugar al percatarse de la presencia de los inspectores. A pesar de las solicitudes de los funcionarios y la presencia del socio y administrador de la empresa, no fue posible identificar a ninguno de estos trabajadores.

Durante una segunda inspección realizada el mismo día, un número indeterminado de trabajadores volvió a huir del centro de trabajo a la llegada de los inspectores. En esta ocasión, se pudo identificar a dos trabajadores que habían huido en la primera inspección.

La obstrucción a la labor inspectora

La empresa recurrió la sanción impuesta, alegando que no había cometido ninguna falta y que los trabajadores que habían huido lo habían hecho por miedo a ser sancionados. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso y ha confirmado la sanción, al considerar que la empresa incurrió en una falta muy grave de obstrucción a la labor de los inspectores de Trabajo.

El tribunal argumenta que la conducta de la empresa, al no colaborar con la identificación de los trabajadores que habían huido, dificultó gravemente la labor inspectora y puso en entredicho el cumplimiento de las normas laborales. Además, el hecho de que los trabajadores huyeran en dos ocasiones consecutivas evidencia que la empresa no tenía control sobre su plantilla y que no cumplía con sus obligaciones en materia de contratación y registro de trabajadores.

La proporcionalidad de la sanción

La empresa también alegó que la sanción de 130.000 euros era desproporcionada. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha confirmado el importe de la multa, al considerar que se encuentra dentro del rango previsto para este tipo de infracciones y que está justificada por la gravedad de la conducta de la empresa.

La sentencia del Tribunal Supremo supone un mensaje claro para las empresas: no se tolerará la obstrucción a la labor de los inspectores de Trabajo. Las empresas están obligadas a colaborar con las inspecciones y a facilitar a los funcionarios toda la información necesaria para que puedan verificar el cumplimiento de la normativa laboral.

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La importancia de las inspecciones de trabajo

Las inspecciones de trabajo son una herramienta fundamental para garantizar el cumplimiento de las normas laborales y la protección de los derechos de los trabajadores. Estas inspecciones permiten detectar y corregir irregularidades en materia de contratación, condiciones de trabajo, seguridad y salud laboral, entre otras.

 

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