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10 Medidas imprescindibles para mantener el trabajo autónomo

Desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) nos proponen las siguientes 10 medidas que deberían adoptarse de manera inmediata para evitar una catástrofe económica.

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En el Consejo de Ministros del 26 de junio se aprobó la prolongación de las ayudas para los autónomos y de los ERTE hasta el próximo 30 de septiembre, pero hay que tener en cuenta que estas medidas se aprobaron en un contexto en el que se pensaba que tras el estado de alarma por la pandemia, el COVID-19 daría una tregua en la actividad de los autónomos. Pero no ha sido así.

La prestación extraordinaria por cese de actividad exonera a 1.500.000 autónomos del pago del 100% de la cuota de seguridad social en julio, del 50% en agosto y del 25% en septiembre y se ofrece también a aquellos autónomos que mantengan una caída en su actividad del 75% en esos meses el poder solicitar la prestación por cese de actividad ordinario pero compatible con la actividad hasta el 30 de septiembre, sin embargo, el contexto en el que se negociaron estas medidas ha cambiado por culpa de los rebrotes.

Ante esta situación, desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) se teme, en base a los datos ofrecidos por la Seguridad Social del mes de junio, que muchos autónomos ya se están viendo obligados a cerrar sus negocios o a tener que reducir sus plantillas.

Ante este panorama, ATA propone las siguientes 10 medidas que deberían adoptarse de manera inmediata para evitar una catástrofe económica en el colectivo.

trabajo autónomo
Medidas para mantener el trabajo autónomo

10 Medidas imprescindibles para mantener el trabajo autónomo

  1. Prórroga de los ERTES hasta el 1 de abril de 2021.
  2. Prórroga del Cese de Actividad Ordinario “especial” (compatible con la actividad) hasta el 1 de abril de 2021
  3. Restablecer la Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad para todos los autónomos no beneficiarios de la Ordinaria que se vean afectados por restricciones a su actividad debido a los rebrotes
  4. Establecer una reducción de la cotización en la cuota de aquellos autónomos con una caída igual o superior al 50% en el tercer trimestre 2020 con respecto al mismo trimestre de 2019 hasta el 1 de abril de 2021
  5. Extender las líneas ICO de liquidez hasta el 1 de abril de 2021 y prolongar el periodo de carencia hasta 24 meses
  6. Reducción temporal de IVA hasta el al 50% del tipo en hostelería, turismo, cultura, peluquería y gimnasios
  7. Prorrogar los aplazamientos de automáticos de impuestos hasta el 1 de abril de 2021
  8. Deducción Fiscal a los autónomos en el IRPF y empresas en impuestos de sociedades que hayan mantenido el nivel de empleo en 2020
  9. Prórroga de los límites de módulos hasta 2022 y mantener la posibilidad temporal de renuncia a módulos durante 2021
  10. Creación de una red de mentores empresarial para la prevención de quiebra y la reorientación de los negocios de autónomos mediante su digitalización y capacitación del autónomo en dicho entorno

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