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Cómo solicitar el fraccionamiento del reintegro de prestaciones indebidamente percibidas

Si has recibido alguna prestación de manera indebida, la Seguridad Social pone en marcha un servicio que permite solicitar, por Registro electrónico, el fraccionamiento del reintegro de prestaciones indebidamente percibidas.

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Este servicio está pensado para aquellas personas responsables del pago de la deuda contraída con la Seguridad Social por prestaciones indebidamente percibidas con dificultades económicas que les impidan efectuar el reintegro en el plazo indicado en la reclamación.

Con este trámite es posible presentar una solicitud de fraccionamiento por Registro Electrónico, o bien anexar la documentación. Para realizarlo, debes disponer de los datos relativos a la deuda que te hayan reclamado. Debes localizar el número de reclamación de la deuda y el importe de las prestaciones indebidamente percibidas.

Como acceder

  1. Para poder realizar este fraccionamiento es necesario acceder con el propio Usuario + Contraseña (Cl@ve permanente), para garantizar un mayor nivel de seguridad.
  2. Una vez realizado, se le enviará un código vía SMS al número de móvil que haya declarado durante el acto del registro, código que deberá introducir para poder firmar la comunicación en el registro electrónico.
  3. La solicitud podrá presentarse en cualquier moment o hasta el último día del mes siguiente al que se produce la notificación de la reclamación de deuda.
  4. El periodo total del fraccionamiento no podrá exceder de 5 años.
  5. El tamaño total de la documentación a anexar no deberá superar los 10 Mb.

prestaciones indebidamente percibidas
Reintegro de prestaciones indebidamente percibidas

No olvide solicitar el acuse de recibo

Una vez realizado el trámite recibirás un "acuse de recibo" en formato PDF. Si no recibes el mensaje de confirmación o, en su caso, recibes un mensaje de error o deficiencia de la transmisión deberás realizar la presentación en otro momento o utilizar otros medios.

Una vez hecho de manera correcta el trámite, la Administración dictará y notificará la resolución en el plazo de 3 meses naturales desde la recepción de la solicitud.

Si te encuentras en esta situación puedes acceder al servicio desde este enlace .

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