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¿Cuántos efectivos se necesita para ser considerado una PYME?

Para acceder a determinadas ayudas y subvenciones dirigidas sólo a las PYMES es necesario determinar cuando una empresa puede considerarse una PYME y, a qué categoría de PYME pertenece. Para ello es necesario tener en cuenta el número de efectivos con el que cuenta la empresa.

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Bajo el nombre de efectivo se engloba al personal que trabaja tanto a tiempo completo, como a tiempo parcial, ya tengan contrato temporal o sean trabajadores de temporada.

Por lo tanto se considera efectivos a:

  • Los asalariados;
  • Las personas que trabajan para la empresa, que estén destinados temporalmente en ella y estén asimiladas a asalariados. Se incluye en esta categoría a los trabajadores temporales o a los interinos;
  • Los propietarios que dirigen la empresa;
  • Los socios que ejerzan una actividad regular en la empresa y disfruten de ventajas financieras por parte de esta.

Sin embargo, no se consideran efectivos, los aprendices o alumnos de formación profesional con contrato de aprendizaje o formación profesional. Tampoco lo son las empleadas que se encuentren de baja por maternidad o personas que estén disfrutando de un permiso parental.

Para calcular la cifra exacta de efectivos es necesario establecer unidades de trabajo anual: UTA

Cualquier persona que haya trabajado a tiempo completo en una empresa o en nombre de esta durante todo el año de referencia computa como una unidad.
Mientras que el personal que trabaja a tiempo parcial, los trabajadores de temporada y quienes no hayan trabajado durante todo el año computarán como fracciones de una unidad.

efectivos de una PYME
Trabajadores de una PYME
Se consideran PYMES a aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas; y cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros.

¿Un autónomo puede ser considerado PYME?

Se consideran PYMES a aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas; y cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros, o bien cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros.

Por tanto para poder ser considerado PYME es necesario primero ser considerado empresa . Sin embargo un autónomo también puede ser considerado PYME siempre que cumpla los criterios anteriores sobre el número mínimo de empleados y volumen de negocio, y además debe ejercer una actividad económica. Para ello, el autónomo debe vender sus productos o servicios directamente, porque si no los factura directamente, sino a través de una sociedad que es la que emite las facturas, en ese caso, el autónomo no podrá ser considerado PYME ya que no se considera empresa.

Comúnmente se cree que o bien se es empresa o se es autónomo, sin embargo cualquier entidad, independientemente de su forma jurídica, si ejerce una actividad económica se considera empresa. Por lo tanto no es la forma jurídica elegida lo que determina si lo es o no, sino su actividad económica. Así, las personas que trabajan por cuenta propia, las asociaciones, sociedades, empresas familiares, o cualquier otra entidad que desarrolle una actividad económica pueden ser consideradas empresas.

Te recomendamos ampliar esta información con el Memento Pyme 2019

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