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Desplazamiento temporal de trabajadores y mantenimiento de la legislación española

El Sistema RED ha introducido un nuevo servicio que facilita la automatización de la adquisición de formularios para solicitar el reconocimiento del mantenimiento de la legislación española en casos de desplazamientos temporales

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El Sistema RED tiene un nuevo servicio que facilita la automatización de la adquisición de formularios para solicitar el reconocimiento del mantenimiento de la legislación española en casos de desplazamientos temporales a países de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo (Liechtenstein, Islandia y Noruega), Suiza y Reino Unido (incluyendo Gibraltar).

Este servicio reduce la carga administrativa para empresas y trabajadores autónomos, ya que el formulario correspondiente llamado PDA1 o el ES-UK(GIB) que se solicita para desplazamientos a Gibraltar, estarán disponibles en la Sede Electrónica de la Seguridad Social al día siguiente de su solicitud.

Casos en los que se puede utilizar el servicio

Gracias al Sistema RED, las empresas, agrupaciones de empresas y profesionales, tienen más fácil el intercambio electrónico de información y documentos relacionados con afiliación, cotización y partes médicos, y a partir de ahora, además es posible solicitar desplazamientos para trabajadores asalariados (incluidos funcionarios) o autónomos en las siguientes situaciones:

  1. Desplazamientos iniciales a países de la Unión Europea, Liechtenstein, Islandia, Noruega y Suiza, bajo los Reglamentos de la Unión Europea.
  2. Desplazamientos iniciales al Reino Unido según el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y el Reino Unido.
  3. Desplazamientos iniciales a Gibraltar según el Real Decreto Ley 38/2020.

¿Qué son los desplazamientos iniciales?

Se consideran desplazamientos iniciales aquellos que no superen los 24 meses de forma continuada o mediante prórrogas consecutivas. Además, se incluyen:

  • Desplazamientos de trabajadores del mar.
  • Desplazamientos de tripulantes de empresas de transporte aéreo con base en España.
  • Desplazamientos de la mayoría de trabajadores asalariados o autónomos que trabajan en dos o más países (excepto Gibraltar) y residen en España, donde realizan una parte sustancial de su actividad.

Para otros casos, la solicitud debe realizarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Pasos para la utilización del servicio

Para acceder al nuevo servicio deberás acceder al menú de "Inscripción y afiliación on-line", en un apartado llamado "Trabajadores desplazados". El autorizado RED debe especificar el tipo de trabajador para el que se solicita la autorización del desplazamiento (asalariados o autónomos), y el sistema verifica los requisitos necesarios y la legislación aplicable a través de pantallas de navegación que deben ser completadas por el usuario RED.

Una vez ingresados los datos, el formulario estará disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social al día siguiente para la empresa o trabajador autónomo.

Si no se cumplen los requisitos para mantener la legislación española o no se trata de un desplazamiento inicial, se informará al usuario y, en su caso, deberá solicitar el formulario adecuado a través del servicio correspondiente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Desplazamiento temporal de trabajadores
Desplazamiento temporal de trabajadores

Información del desplazamiento en el portal de la TGSS

Junto al servicio activado en el Sistema RED, está previsto que la información sobre desplazamientos esté disponible en el portal de la TGSS.

De esta manera, el trabajador desplazado podrá acceder a su formulario y conocer su vigencia en el área personal de documentos. Además, recibirá un mensaje de texto cada vez que se ponga a su disposición un nuevo formulario.

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