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Comunicación a las TGSS del concurso de microempresas ¿Qué debes tener en cuenta?

A través de este servicio el deudor podrá comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de 72 horas la presentación de solicitud de apertura de procedimiento especial de continuación sobre el que conste la condición de acreedora de la propia TGSS.

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Según se recoge el art.691 bis del Texto Refundido de la Ley Concursal, en el plazo de 72 horas se podrá solicitar la apertura de procedimiento especial por cualquier persona natural o jurídica que lleve a cabo una actividad empresarial o profesional y que tenga la condición de microempresa de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley Concursal. Este trámite está pensado para aquellos casos en los que la Seguridad Social tenga la condición de acreedora.

Qué se necesita para realizarlo

En primer lugar, es necesario ser una microempresa que se encuentre en situación de probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual y que previamente haya solicitado la apertura del procedimiento especial mediante la presentación del correspondiente formulario normalizado.

Las empresas que pueden acogerse son aquellas que lleven a cabo una actividad empresarial o profesional y que en el año anterior a la solicitud hayan empleado una media de menos diez trabajadores y tengan un volumen de negocio anual inferior a 700.000€ o un pasivo inferior a 350.000€, según las últimas cuentas cerradas en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud.

Pasos para realizar este trámite

  1. Es posible acceder desde este enlace con Usuario + Contraseña (Cl@ve permanente), y se enviará un código vía SMS al número de móvil que se haya declarado en el registro, este código se deberá introducir para poder firmar la comunicación en el registro electrónico.
  2. Una vez realizado el trámite se recibirá un "acuse de recibo" (zip) integrado por el resguardo de la solicitud en formatoPDF y la firma del servidor que garantiza que la transacción se ha producido correctamente.
  3. Si no recibes el mensaje de confirmación o, en su caso, recibes un mensaje de error o deficiencia de la transmisión deberá realizarse la presentación en otro momento o utilizar otros medios.
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Plataforma de liquidación

Una de las novedades de este procedimiento es la plataforma de liquidación de activos, que permite mejorar la transparencia. A ella podrán acceder toda persona interesada y en ella se volcarán los activos de todos los procedimientos especiales de microempresas en liquidación.

Se conformará un catálogo de bienes, organizados por categorías, según criterios comerciales, y enajenables de manera individual o por lotes.

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