Emprendedores, Empresa  - 

Competencia desleal, cuando la competencia no cumple la ley

Es probable que conozcas a algún competidor que no cumple la ley y que saca provecho de ello, bien porque no tiene a sus trabajadores asegurados, o porque realiza su actividad sin licencia, etc. ¿Qué se puede hacer en estos casos?

Redactado por
(0) Escribir comentario

Probablemente usted conoce empresas de la competencia que no cumplen las leyes, lo que les permite ahorrar costes y vender más barato (por ejemplo, porque fabrican el mismo producto sin cumplir las condiciones técnicas que exige la ley). Pues bien, si estas actuaciones le perjudican y le hacen perder clientes, ¿qué puede hacer?

Competencia desleal por infracción de normas

Desleal. La libre competencia permite que cada empresa utilice la forma que considere más eficiente para conseguir clientes. Pero lo que no se puede hacer (pues constituye competencia desleal) es conseguir una ventaja gracias a infringir las normas. En concreto, las siguientes conductas constituyen competencia desleal:

  • Caso 1. Prevalerse de una ventaja competitiva significativa adquirida mediante la infracción de leyes. Ha sido el caso, por ejemplo, de una empresa que fabricaba productos luminiscentes que no cumplían la normativa que regula dichos productos, consiguiendo así reducir sus costes de fabricación y ofrecer unos precios más baratos que los competidores que sí cumplían la normativa.
  • Caso 2. También constituye competencia desleal la infracción de las normas que regulan el funcionamiento de un determinado mercado . Ése ha sido el caso de una empresa que vendía espárragos con una denominación de origen sin cumplir la normativa reguladora de dicha denominación (en materia de publicidad, origen del producto, etc.).
  • Caso 3. Asimismo, se considera competencia desleal contratar a trabajadores extranjeros que no cuenten con autorización para trabajar.

¿Cómo actuar?

Pruebas. Si su empresa resulta perjudicada por estas actuaciones, consiga pruebas de la conducta de su competidor. Así pues, en el caso 1 deberá demostrar que incumple la normativa (por ejemplo, con un informe pericial que certifique que sus productos no cumplen los requisitos legales) y que, gracias a ello, consigue una ventaja importante en el mercado (por ejemplo, con otro informe pericial que corrobore que sus costes de fabricación son inferiores y que compare los precios de venta del competidor con los de otras empresas que sí cumplen la normativa).

¿Qué se puede pedir?  En estos casos puede reclamar que el competidor deje de realizar la conducta desleal (por ejemplo, que deje de vender los productos que no cumplen la normativa y que envíe una carta a sus clientes advirtiéndoles de que los productos vendidos incumplen dicha normativa). Asimismo, puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios (por ejemplo, por la pérdida de ventas que haya sufrido) si el competidor ha actuado de mala fe o de forma negligente.

competencia desleal
Competencia desleal, ¿qué hacer cuando la competencia no cumple la ley?
Puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios si el competidor ha actuado de mala fe o de forma negligente.

Denuncia.

En todo caso, también puede denunciar el incumplimiento de la normativa ante el organismo correspondiente. Por ejemplo, si su competidor no tiene contratados a sus trabajadores, puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo. En estos casos incluso existe el “buzón de la Inspección de Trabajo”, en el que de forma anónima se pueden comunicar irregularidades laborales, de Seguridad Social o de prevención de riesgos laborales.

En conclusión, si su competidor consigue una ventaja significativa en el mercado gracias a infringir las leyes (por ejemplo, porque reduce sus costes de fabricación y puede vender más barato), se le puede demandar por competencia desleal .

COMENTAR ESTA NOTICIA

Desde Espacio Pymes no disponemos de un servicio gratuito de asesoramiento, por lo que tu comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesitas una respuesta profesional, te recomendamos realices tu pregunta desde el siguiente [enlace] desde donde podrás establecer un contacto privado con un abogado.

Muchas gracias.

Enviar comentario