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¿Cómo puede mi empresa ofrecer teleformación para el empleo?

Gracias a la modalidad de teleformación, cualquier empresa puede impartir formación profesional para el empleo referida a especialidades formativas cumpliendo una serie de condiciones.

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Requisitos para ofrecer teleformación

Para que una entidad pueda ofrecer formación con oferta de teleformación tienen que cumplir estos requisitos:

  • Disponer de una acreditación para cada una de las especialidades formativas de certificado de profesionalidad que vayan a impartir en esta modalidad o una inscripción para las restantes.
  • Comunicar el inicio de cualquier acción formativa que impartan, y en el caso de que se dirija a la obtención de obtención de certificados de profesionalidad y se financie con fondos no públicos, tener además autorización expresa para realizarla.
  • Impartir las acciones formativas conforme a las exigencias técnico-pedagógicas, tecnológicas, de espacios, instalaciones, equipamiento y medios humanos establecidas normativamente, así como facilitar y corresponsabilizarse en el seguimiento de la participación de los alumnos, del aprendizaje y su evaluación.

¿Cómo lograr la acreditación para ofrecer este servicio?

Para que tu empresa pueda impartir cualquier especialidad incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas, las entidades de formación deben:

  • Estar acreditadas en el Registro Estatal de Entidades de Formación respecto de las especialidades formativas de certificado de profesionalidad.
  • Estar inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación para el resto de especialidades formativas.

Para solicitar acreditación al Servicio Público de Empleo Estatal o inscribirse a través de este organismo, las entidades de formación tienen que:

  • Cumplimentar y presentar por medios electrónicos, a través de lasede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal, tanto la solicitud de acreditación, como la Declaración Responsable de inscripción.
  • Tener un domicilio social o fiscal en el caso de ser un empresario individual, en cualquiera de las Comunidades Autónomas. Además, deberá indicar aquellos centros de formación con los que se haya suscrito la realización de las sesiones presenciales en la modalidad de teleformación. Las sesiones presenciales son las de:
    - Tutoría y evaluación final de módulo formativo para las especialidades de certificado de profesionalidad;
    - De evaluación final para las especialidades formativas no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad cuando así quede establecido en su programa formativo.
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Cualquier empresa puede impartir formación profesional para el empleo referida a especialidades formativas cumpliendo una serie de condiciones.

Presentación de los trámites

Podrán presentar estos trámites ante el Servicio Público de Empleo Estatal, tanto los interesados como aquellas otras personas (apoderados, representantes, …) que actúen en su nombre y puedan representar a terceros.

Para presentar los trámites de acreditación o inscripción en la modalidad de teleformación, es requisito imprescindible disponer:

-De DNI electrónico,

-Certificado digital en vigor admitido por las Administraciones Públicas

-Una clave permanente proporcionada por la plataforma Cl@ve.

Una vez tramitados, el Registro electrónico del Servicio Público de Empleo Estatal emitirá automáticamente un resguardo firmado electrónicamente, que precisará la fecha y hora de presentación, un número de entrada en el registro y, cuando proceda, el plazo máximo establecido por normativa para la resolución y notificación de este procedimiento, así como los efectos que pueda producir el silencio administrativo. El Servicio Público de Empleo Estatal responderá por medios electrónicos a los interesados la resolución.

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