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¿Cobrar las comisiones durante las vacaciones?: El Tribunal Supremo reconoce el derecho de una trabajadora

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que reconoce el derecho de una trabajadora de A Coruña a cobrar las comisiones durante sus vacaciones. Te explicamos en este artículo esta decisión del alto tribunal.

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La sentencia anula la decisión previa del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y establece que la remuneración de las vacaciones debe incluir los complementos y partidas ordinariamente percibidos durante los meses en los que se han devengado las vacaciones, lo cual incluye las comisiones .

De esta manera, la demandante verá reconocida su reclamación a la empresa en la que trabajaba y recibirá un pago de 1.318, 12 euros.

Inicialmente, el Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, así como la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, habían desestimado la reclamación de la trabajadora. Sin embargo, el caso llegó al Tribunal Supremo y este ha revocado parcialmente la sentencia anterior, dictando que la empresa empleadora debe abonar la suma mencionada.

Comisiones recibidas durante un promedio de 6 meses dentro de los 11 meses anteriores

Este fallo remarca el criterio del Tribunal Supremo en lo que respecta al cálculo de las vacaciones y señala que además de los conceptos de carácter fijo, también se deben incluir los variables que se reciben con regularidad, como las comisiones. En este caso específico, si se han recibido durante un promedio de 6 meses dentro de los 11 meses anteriores, se consideran habituales y deben ser tomadas en cuenta en el cálculo de las vacaciones no disfrutadas.

En concreto, el 30 de enero de 2020, el Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña resolvió parcialmente la demanda presentada por la trabajadora. La sentencia condenó a la empresa a pagar una serie de comisiones, pero no incluyó el pago de las vacaciones. Posteriormente, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en respuesta al recurso presentado contra la resolución anterior, emitió sentencia el 12 de abril de 2021, confirmando la decisión del juzgado de primera instancia.

Este caso destaca la importancia de garantizar los derechos de los trabajadores y asegurar una remuneración justa durante las vacaciones. El Tribunal Supremo ha dejado claro que las comisiones, cuando son habituales, también deben ser consideradas en el pago correspondiente a las vacaciones.

Esta sentencia permitirá a los empleadores y trabajadores evitar futuros conflictos, y se espera que siente un precedente para asegurar el cumplimiento de los derechos de los trabajadores en situaciones similares.

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Cobrar las comisiones durante las vacaciones

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