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Cese de actividad de empresario sin desplazarse presencialmente a la administración

Te explicamos como puedes realizar el cese de actividad del Autónomo a través de Internet desde un Punto de Atención al Emprendedor (PAE).

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Es posible realizar el cese de actividad gracias al sistema CIRCE que ofrece la posibilidad de realizar este trámite al empresario individual (autónomo) por medios electrónicos. De esta forma se evitan desplazamientos y se produce un ahorro sustancial en tiempo.

Donde si deberá acudir el emprendedor, es a uno de los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE), deberá cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE). De esta manera el único desplazamiento a realizar es al PAE correspondiente. El sistema no permite la tramitación de un cese de actividad con fecha anterior al de la presentación.

Una vez cumplimentado y enviado el DUE, podrás consultar, a través de Internet y previa autenticación, el estado del expediente. Además, es posible recibir a través de su teléfono móvil mensajes comunicándole la finalización de los trámites más significativos.

Con el envío a través de internet del Documento Único Electrónico, se inicia la tramitación electrónica. A partir de este momento el sistema de tramitación electrónica (STT-CIRCE) envía a cada organismo interviniente en el proceso, vía Internet, la parte del DUE que le corresponde para realizar el trámite de su competencia.

Revisa bien el DUE

Como emprendedor o empresario, en el caso de cese de una empresa, es importante revisar y firmar el DUE antes de enviarlo, para ello te recomendamos que solicites al PAE una copia impresa del DUE-pdf asociado al expediente. Este documento contiene toda la información que ha sido cumplimentada a través del PAE Electrónico, y le facilitará la labor de verificar que dicha información está completa y es correcta. Así mismo, le aconsejamos que guarde la copia del DUE-pdf correspondiente al DUE enviado por si surgiese algún problema posterior en el proceso de tramitación.

Todos los trámites que se pueden realizar de esta manera

Gracias a este sistema, es posible llevar a cabo los siguientes trámites desde el mismo PAE:

  • Trámites en la Seguridad Social. El DUE se envía a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Una vez recibido, se produce la baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) del empresario.
  • Trámites ante la autoridad municipal correspondiente. En aquellos ayuntamientos que colaboran con CIRCE o estén adheridos al proyecto Emprende en 3, se realizará la solicitud del cese de actividad.
  • Trámites en la Agencia Tributaria. El DUE realiza la solicitud de baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Cese de actividad de empresario
Cese de actividad de empresario

Trámites no incluidos

No es posible realizar el trámite de manera electrónica si tuvieras trabajadores contratados, ya que es obligatoria la:

  • Comunicación de la extinción de los contratos de trabajo en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
  • Baja de los trabajadores del régimen de cotización que corresponda en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social de la provincia en la que se practicó la inscripción de los trabajadores.
  • La comunicación del cierre del Centro de Trabajo, en las Consejerías de Trabajo de las Comunidades Autónomas.

En función de la actividad desarrollada se deberá comunicar con carácter obligatorio el cese de actividad en aquellas administraciones, autoridades y/o registros (sectoriales, estatales, autonómicos y municipales) que correspondan.

Por ejemplo: Registro Industrial, Registro de empresas de seguridad, Registro de Empresas de juego, Autorizaciones de centros sanitarios o de centros educativos, etc.

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