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Despido nulo por vulneración de derechos fundamentales del trabajador

Los derechos fundamentales o libertades públicas que si son vulnerados pueden llevar a la nulidad de un despido incluyen el derecho a la igualdad y no discriminación (por razones de sexo, embarazo, orientación sexual, etc.), la libertad de expresión, el derecho a la intimidad, y la garantía de indemnidad, que protege a los trabajadores de represalias por ejercer sus derechos laborales.

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Un despido se considera nulo automáticamente en los siguientes supuestos: durante el período de suspensión del contrato por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, o por enfermedades relacionadas con el embarazo. También es nulo el despido de trabajadoras embarazadas desde el inicio del embarazo hasta el comienzo del período de suspensión. En este caso, el despido de la trabajadora embarazada se considera nulo automáticamente, independientemente de que el empresario tenga conocimiento del embarazo o de la causa alegada para el despido.

Despido durante permiso por cuidado de menor

El despido de trabajadores que han solicitado o están disfrutando de permisos por cuidado de un menor o familiar también es considerado nulo automáticamente, salvo que se declare procedente por motivos ajenos a estas situaciones . Esto incluye permisos por lactancia, hospitalización de un hijo prematuro, o cuidado de un familiar. La nulidad se aplica independientemente de la causa alegada por el empresario.

Participación en huelgas o la defensa de derechos laborales

El despido es nulo si se produce en represalia por el ejercicio de derechos fundamentales, como la participación en huelgas o la defensa de derechos laborales. En estos casos, la carga de la prueba recae en el empresario, quien debe justificar que el despido no está relacionado con la situación protegida del trabajador. La jurisprudencia ha establecido que cualquier despido que atente contra la libertad de expresión o que se base en motivos discriminatorios es susceptible de ser declarado nulo.

¿Qué indemnizaciones pueden reclamarse en caso de despido nulo por vulneración de derechos fundamentales?

En caso de despido nulo por vulneración de derechos fundamentales, el trabajador puede reclamar la readmisión inmediata y el abono de salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la readmisión. Además, si se demuestra la vulneración de derechos fundamentales, se puede solicitar una indemnización adicional por daños y perjuicios, que incluye daños morales. Esta indemnización se calcula considerando las circunstancias del caso, como la antigüedad y el salario del trabajador

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Despido nulo

¿Qué implicaciones tiene la nulidad automática del despido?

La nulidad automática del despido implica que el trabajador debe ser readmitido de inmediato en las mismas condiciones que tenía antes del despido, y tiene derecho a recibir los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta su efectiva readmisión. Esto asegura la protección de los derechos laborales del trabajador y la restitución de su situación anterior.

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