Paro para fijos discontinuos en 2026: requisitos, cómo solicitarlo y cuánto se cobra
Los trabajadores fijos discontinuos ocupan un lugar singular, entre lo indefinido y lo temporal, ya que ejercen una relación laboral estable pero intermitente, vinculada a actividades cíclicas o estacionales. Te explicamos en este artículo el acceso al paro de estos trabajadores.
Redactado por Espacio PymesEspaña cuenta con aproximadamente entre 780.000 y 800.000 trabajadores en alta activa afiliados a la Seguridad Social bajo contratos fijos discontinuos, mientras que el colectivo de fijos discontinuos en periodo de inactividad oscila según la estacionalidad entre los 700.000 y 860.000 trabajadores, con una parte significativa de ellos registrados como demandantes de empleo. Estos números reflejan el notable peso alcanzado por esta modalidad tras la reforma laboral, representando en torno al 5% del total de la afiliación a la Seguridad Social y concentrando (junto a la contratación a tiempo parcial) más del 55% de los nuevos contratos indefinidos que se firman en el país.
Los trabajadores fijos discontinuos alternan periodos de actividad laboral con otros de inactividad, en los que no trabajan ni cobran salario pero mantienen un vínculo contractual con la empresa . Durante estos periodos de inactividad pueden inscribirse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) como demandantes de empleo "con relación laboral", algo que les permite tener ciertos derechos, entre ellos el acceso a la prestación por desempleo (paro), siempre que reúnan los requisitos de cotización.
A la hora de gestionar los periodos de inactividad, la jurisprudencia reciente también ha introducido matices fundamentales sobre las obligaciones empresariales. En este sentido, la Sentencisa del Tribunal Supremo 255/2025 ha determinado los criterios exigibles en cuanto a los plazos y los medios formales de llamamiento para evitar que una comunicación defectuosa o extemporánea pueda interpretarse como un despido improcedente. Para las PYMES y autónomos, esto refuerza la necesidad de acreditar de forma fehaciente la notificación al trabajador, garantizando así una correcta transición hacia el desempleo en caso de que la reincorporación no llegue a materializarse por causas ajenas al empleado.
¿Puede un fijo discontinuo cobrar el paro? Sí, en los periodos de inactividad
Sí. Un trabajador fijo discontinuo puede cobrar el paro en los periodos de inactividad si cuenta con al menos 360 días cotizados en los últimos seis años, está inscrito como demandante de empleo y presenta la solicitud en los 15 días hábiles siguientes al inicio de la inactividad. Durante los primeros 180 días se cobra el 70% de la base reguladora y, a partir del día 181, el 60%. Si te quedaba un paro pendiente de otra campaña, puedes elegir entre reanudarlo o pedir uno nuevo cuando hayas generado un nuevo derecho.
Cómo solicitar el paro de fijo discontinuo paso a paso
Los trabajadores con contrato fijo discontinuo en España tienen derecho a percibir la prestación por desempleo, conocida comúnmente como "el paro", durante los periodos de inactividad. Para acceder a esta ayuda, es fundamental seguir una serie de pasos y cumplir con determinados requisitos establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). A continuación, se detalla el proceso completo.
Requisitos para solicitar el paro
Antes de iniciar cualquier trámite, el trabajador fijo discontinuo debe asegurarse de cumplir con las siguientes condiciones:
- Estar en situación legal de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- Haber cotizado un mínimo de 360 días.
- No haber cumplido la edad de jubilación ordinaria.
- No realizar una actividad por cuenta propia o ajena a tiempo completo.
- No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
Pasos para la realizar la solicitud
El proceso de solicitud del paro para fijos discontinuos se puede resumir en los siguientes pasos:
1. Inscripción como Demandante de Empleo
Una vez finalizada la campaña o periodo de actividad, el primer paso ineludible es inscribirse como demandante de empleo en la oficina de empleo que corresponda por domicilio. Este trámite es esencial para poder solicitar cualquier prestación por desempleo.
2. Reunir la Documentación Necesaria
Para agilizar el proceso, es conveniente tener preparada toda la documentación requerida:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en caso de ser extranjero, el Número de Identidad de Extranjero (NIE) y el pasaporte.
- Tarjeta de la Seguridad Social.
- Libro de familia o documento equivalente en caso de tener hijos a cargo.
- Un documento bancario donde figure el número de cuenta del que el solicitante sea titular y en el que se desea recibir la prestación.
- Certificado de empresa: La empresa está obligada a enviar este documento al SEPE por medios telemáticos. No obstante, es recomendable solicitar una copia al empleador.
- Impreso de solicitud de la prestación contributiva: Este formulario se puede obtener en la oficina de empleo o descargarlo desde la sede electrónica del SEPE.
3. Solicitar la Prestación por Desempleo
Existen dos vías principales para presentar la solicitud:
- Por internet: A través de la Sede Electrónica del SEPE, para lo cual es necesario disponer de DNI electrónico, certificado digital o usuario y contraseña del sistema Cl@ve. También se puede utilizar el formulario de pre-solicitud online, que no requiere identificación electrónica.
- Presencialmente: Solicitando cita previa en la oficina de prestaciones del SEPE que corresponda. La cita se puede pedir por internet o por teléfono.
Plazo para la solicitud. El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles (no se cuentan sábados, domingos ni festivos) a partir del día siguiente al de la situación legal de desempleo. Si la empresa abona vacaciones no disfrutadas al finalizar la campaña, el plazo de 15 días comienza a contar una vez finalizado el periodo equivalente a esas vacaciones.
Reanudar el paro anterior o pedir uno nuevo: cómo decidir
Una particularidad para los trabajadores fijos discontinuos es la posibilidad de elegir entre dos opciones si han generado un nuevo derecho a paro:
- Si se tenía una prestación por desempleo suspendida por haber iniciado la actividad, se puede optar por reanudarla por el periodo que quedaba pendiente y con la misma base reguladora .
- Si con las nuevas cotizaciones se ha generado derecho a una nueva prestación (mínimo 360 días cotizados), se puede optar por esta nueva ayuda, perdiendo el derecho a la anterior que estaba suspendida.
El SEPE informará al trabajador de esta opción y de las cuantías y duraciones de ambas para que pueda decidir qué le resulta más beneficioso.
Cuánto se cobra y cuánto dura el paro de un fijo discontinuo
La duración y la cuantía de la prestación por desempleo se calculan de la siguiente manera:
- Duración. Depende del tiempo cotizado en los últimos 6 años. A partir de 360 días cotizados, se tiene derecho a un mínimo de 120 días de prestación, aumentando progresivamente según el periodo de cotización.
- Cuantía. La base reguladora de la prestación se calcula con el promedio de las bases de cotización por contingencias profesionales durante los últimos 180 días de trabajo. Sobre esta base, se aplica:
- El 70% durante los primeros 180 días de prestación.
- El 60% a partir del día 181.
Existen cuantías máximas y mínimas establecidas anualmente en el SEPE, que varían en función de si se tienen o no hijos a cargo.

Preguntas frecuentes
¿Tienen derecho al paro los trabajadores fijos discontinuos en los periodos de inactividad?
Sí, los trabajadores fijos discontinuos pueden cobrar la prestación o subsidio por desempleo durante los periodos de inactividad entre campañas, siempre que reúnan los requisitos generales de cotización exigidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
¿Qué cotización mínima se necesita para acceder a la prestación contributiva?
Para tener derecho a la prestación contributiva por desempleo es necesario acumular al menos 360 días cotizados dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al final del periodo de actividad laboral.
¿Se pueden sumar las cotizaciones de diferentes campañas o contratos?
Sí, el SEPE computa todas las cotizaciones acumuladas por el trabajador en los contratos anteriores, siempre que no hayan sido utilizadas previamente para el reconocimiento de un derecho de desempleo anterior.
¿Qué ocurre si la empresa no me llama para reiniciar la actividad?
Si la empresa no efectúa el llamamiento en el plazo establecido o rechaza la reincorporación sin justificación legal, el trabajador puede impugnar esta situación por despido improcedente ante los tribunales en el plazo de 20 días hábiles desde que tuvo constancia del incumplimiento.
¿Es obligatorio inscribirse como demandante de empleo durante el periodo de inactividad?
Sí, para mantener el derecho a las prestaciones y para que compute correctamente la situación de desempleo, es un requisito indispensable estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público autonómico correspondiente desde el primer día de inactividad.
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