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Se mantienen los dos días más por desplazamiento en el permiso por fallecimiento de familiares

Los dos días de más por desplazamiento se mantienen para el permiso por fallecimiento de familiares. Desde Apuntes&Consejos te lo explicamos en este artículo.

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Permiso por fallecimiento de familiares

Los trabajadores tienen, entre otros, los siguientes derechos:

Cinco días de permiso en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes de hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, o de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera del cuidado efectivo de aquélla.

Dos días de permiso por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Antes del 30 de junio de 2023, los trabajadores tenían derecho a un permiso retribuido de dos días laborables, ampliable a cuatro cuando fuera preciso un desplazamiento, tanto en el primer caso (accidente u hospitalización de familiar) como en el segundo (fallecimiento). Dado que se ha ampliado a cinco días el primer permiso y se ha dejado de distinguir entre los supuestos en los que se precise o no desplazamiento, la ampliación de dos días únicamente se ha mantenido para el permiso por fallecimiento de familiar.

En definitiva, los trabajadores tienen derecho a dos días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, pero cuando la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días.

Se deben analizar las circunstancias de cada caso

El hecho de desplazarse a otra localidad no basta para considerar que el trabajador tiene derecho a disfrutar de cuatro días de permiso retribuido (en lugar de dos). A la hora de determinar si hay derecho a los cuatro días, se deben analizar las circunstancias de cada caso (la distancia entre los municipios, si existen medios de transporte, el estado de las carreteras o la facilidad o dificultad de las conexiones, por ejemplo). Aun así, los tribunales suelen exigir un desplazamiento de, al menos, 200 km de ida y otros tantos de vuelta.

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Permiso por fallecimiento de familiares

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