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Vales de comida durante el teletrabajo o la jornada continua

Los trabajadores que hacen jornada continua o teletrabajo también tienen derecho a la exención fiscal de los cheques restaurante.

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Hay empresas que ofrecen a sus empleados un servicio de comedor de empresa. Respecto a aquellas empresas cuyo tamaño no les permite prestar este servicio, pueden ofrecer la misma ventaja social a través de la entrega de cheques restaurante, o bien mediante la entrega de tarjetas monedero emitidas por empresas especializadas.

Los trabajadores pueden pagar sus comidas con estos medios de pago. En ese caso:

  • Los gastos en que incurre la empresa –incluida la comisión de la empresa emisora– quedan justificados y son plenamente deducibles en el Impuesto sobre Sociedades.
  • Los importes satisfechos por esta vía quedan sujetos a Seguridad Social, pero están exentos en el IRPF de los trabajadores.

A estos efectos, Hacienda ha aclarado que esta retribución en especie también está exenta en caso de trabajadores que hagan teletrabajo o que realicen una jornada continua (es decir, aunque coman en sus domicilios). Para ello, basta con que se cumplan los mismos requisitos que se exigen a los trabajadores que realizan jornada completa y que desarrollan su actividad en las instalaciones de la empresa.

Vales de comida
Vales de comida

Recuerde que, entre otros requisitos, es preciso que el gasto diario en comida no supere los 11 euros diarios y que dicho gasto se realice en establecimientos de hostelería.

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