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Una derogación que ha debido ser reforma

Legislar con idea partidista puede llevar a no sopesar debidamente las consecuencias. Porque suele primar más el contentar a la ciudadanía afín que la conveniencia general. La derogación del artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores es un ejemplo.

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El día 20 de febrero ha quedado derogada la norma que permitía el despido indemnizado por bajas médicas justificadas. Las razones que ha dado el Gobierno para ello son: la necesidad de garantizar jurídicamente los derechos fundamentales de las personas trabajadoras, especialmente las que padecen alguna discapacidad, sufren enfermedades crónicas o de larga duración o que se dedican al cuidado de personas dependientes, que son, en su mayoría, mujeres; y cumplir con lo sentenciado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el día 18 de enero de 2018 sobre una cuestión prejudicial, en el sentido de que la aplicación de esa modalidad de despido objetivo, por faltas de asistencia justificadas, iba en contra de la Directiva que prohíbe la discriminación por razón de discapacidad, y a la vez señala que “discapacidad es una situación que a las personas con deficiencias previsiblemente permanentes les limite o impida su participación plena en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”, que no es el caso de las bajas médicas cortas e intermitentes.

Por lo tanto, las razones dadas resultan endebles, pues la sentencia concluye con que la citada Directiva debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que permite al empresario despedir a un trabajador debido a las faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, cuando tales ausencias sean consecuencia de enfermedades atribuibles a la discapacidad de ese trabajador, salvo que dicha normativa tenga la finalidad legítima de combatir el absentismo y no vaya más allá de lo necesario para alcanzar esa finalidad.

 

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Derogación del artículo 52.d)
La ministra de Trabajo y Economía Social, tomo posesión con la idea de derogar las últimas reformas de la legislación laboral.

La causa real es que la ministra de Trabajo y Economía Social, tomo posesión con la idea de derogar las últimas reformas de la legislación laboral, y, como eso no es fácil ni conveniente, ha empezado con algo que, siendo antiguo desde hace unos meses, se considera muy lesivo, obviando que se estableció para evitar el absentismo abusivo de los trabajadores . Pero no se hizo bien y daba oportunidad a que los empresarios aplicaran la norma con otros fines.

Así que hubiera sido más oportuno modificarla para evitar cualquier abuso, que con la derogación, pueden cometer los trabajadores, si a los empresarios no se les dota de herramientas legales para controlar el absentismo con apoyo de la acción inspectora; especialmente de la médica.

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