Legal  - 

Requisitos para patentar una idea

Usted ha tenido una buena idea de negocio, y al comentarla con un conocido le insiste en que la “patente” para evitar que alguien se la copie. ¿Realmente puede patentar una idea de negocio? ¿Cómo puede protegerla?

Redactado por
(0) Escribir comentario

¿La puedo patentar?

No siempre. Lo primero que debe saber es que no toda invención se puede patentar. Para que se pueda registrar una patente es necesario que su invención cumpla estos requisitos:

  • Novedad. Tendrá que demostrar que se trata de una invención nueva (que representa una novedad) y que no ha sido divulgada antes.
  • Actividad inventiva . Asimismo, es preciso que su invención implique una actividad inventiva (es decir, que no sea algo obvio para un experto).
  • Aplicación industrial . Además, su invención debe ser susceptible de aplicación industrial (es decir, debe ser posible fabricarla).

Ideas o métodos de negocio. Pues bien, como regla general los modelos o ideas de negocio no son patentables (en Estados Unidos y en otros países sí que se permite). En este sentido, la ley no considera invenciones, entre otros, los planes o métodos para actividades económico-comerciales (tampoco son patentables los programas de ordenador). Además, aunque su invención fuese patentable, debería valorar si el coste en el que va a incurrir lo justifica (por ejemplo, si aún no tiene claro el potencial comercial de su idea). En todo caso, consulte con un asesor especializado en propiedad industrial para valorar sus opciones de patentar la idea y si vale la pena hacerlo.

Otras vías

Protección. No obstante, que usted no pueda patentar su idea de negocio (o no le interese hacerlo) no significa que quede indefenso ante un posible plagio de terceros. Puede proteger su idea por otras vías, que además son complementarias.

Opción 1: propiedad intelectual. Es posible que su idea de negocio se concrete en una obra que puede ser objeto de derechos de autor sobre ella (por ejemplo, si desarrolla un programa de ordenador). Pues bien, en este caso sus derechos quedan protegidos como si fuese cualquier otra obra artística, científica o literaria. A estos efectos, tenga en cuenta:

  • Usted tiene los derechos sobre su obra (y puede oponerse a posibles copias) sin necesidad de realizar ningún trámite o registro específico (a diferencia de lo que sucede con las patentes).
  • Sin embargo, es aconsejable que la inscriba en el Registro de Propiedad Intelectual o que la deposite ante un notario. De esta manera dejará constancia de que en una fecha indiscutible (la de la presentación en el Registro o la del depósito notarial) usted ya había creado ese programa. Así, si un tercero pretende después atribuirse la autoría, será él quien deberá demostrar que lo creó antes que usted.
Requisitos para patentar una idea
Requisitos para patentar una idea
Si su idea consiste, por ejemplo, en un método de trabajo o en un sistema o plan de comercialización, también puede quedar protegida como “secreto empresarial”.

Opción 2: secreto empresarial. Asimismo, si su idea consiste, por ejemplo, en un método de trabajo o en un sistema o plan de comercialización, también puede quedar protegida como “secreto empresarial”. Para ello es necesario que sea secreto (que no sea generalmente conocido ni fácilmente accesible) y que tenga un valor comercial precisamente por ser secreto. Además, es necesario que usted tome medidas para mantenerlo en secreto:

  • Por esa razón, es importante que firme acuerdos de confidencialidad con las personas con las que comparta su idea (colaboradores, inversores, etc.). Y no olvide indicar enladocumentación que se trata de información confidencial (por lo que no está autorizada su divulgación a terceros sin su autorización).
  • Asimismo, tome medidas de seguridad informática (por ejemplo, uso de contraseñas) para evitar accesos no autorizados.
En conclusión: las ideas de negocio no son patentables. No obstante, sí puede quedar protegido por derechos de autor o por la vía de los “secretos empresariales”. En todo caso, firme acuerdos de confidencialidad con las personas con las que comparta su idea.

COMENTAR ESTA NOTICIA

Desde Espacio Pymes no disponemos de un servicio gratuito de asesoramiento, por lo que tu comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesitas una respuesta profesional, te recomendamos realices tu pregunta desde el siguiente [enlace] desde donde podrás establecer un contacto privado con un abogado.

Muchas gracias.

Enviar comentario