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Trabajador en prácticas al que se reconoce discapacidad

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconoce el derecho a ser recolocado del trabajador en prácticas al que se reconoce una discapacidad.

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El 21 de noviembre de 2016, un trabajador fue contratado para el mantenimiento especializado en vías férreas, y comenzó un período de prácticas en la empresa. En diciembre de 2017, se le diagnosticó una patología cardíaca que precisó la colocación de un marcapasos, y este dispositivo es sensible a los campos electromagnéticos emitidos por las vías férreas.

Dado que este dispositivo médico es incompatible con las exposiciones repetidas a campos electromagnéticos que sufre un trabajador de mantenimiento en las vías férreas, el recurrente en el litigio principal ya no estaba en condiciones de realizar las tareas para las que había sido contratado inicialmente.

Se le destinó entonces a un puesto de operario de almacén en la misma empresa, pero el 26 de septiembre de 2018, la empresa comunicó al recurrente su despido con efectos a partir del 30 de septiembre de 2018, que llevaba aparejada una prohibición de contratación por un período de cinco años para el mismo grado para el que había sido contratado. De este modo, se ponía fin a su período de prácticas debido a su imposibilidad total y definitiva para realizar las funciones para las que había sido contratado.

El trabajador en prácticas interpuso un recurso de anulación contra la decisión de 26 de septiembre de 2018 por la que se le informaba de su despido, asunto que finalmente llegó al Tribunal de Justicia UE con la siguiente cuestión prejudicial:

«¿Debe interpretarse el artículo 5 de la Directiva 2000/78 en el sentido de que un empresario está obligado, respecto de una persona que, debido a su discapacidad, ya no es capaz de desempeñar las funciones esenciales del puesto de trabajo al que estaba adscrita, a destinarla a otro puesto para el que dispone de las competencias, las capacidades y la disponibilidad exigidas, cuando tal medida no suponga una carga excesiva para el empresario? »

Trabajador en prácticas al que se reconoce discapacidad
Trabajador en prácticas al que se reconoce discapacidad

Fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó ayer, que el trabajador en contrato de prácticas al que se le reconozca una discapacidad durante ese periodo tiene derecho, al igual que el personal indefinido, a ser recolocado en otro puesto cuyo desempeño sea compatible con la discapacidad identificada.

El fallo del Tribunal con sede en Luxemburgo aclara que cuando un trabajador sea declarado no apto para desempeñar las funciones esenciales del puesto que ocupa deberá ser destinado a otro puesto para el que si disponga de las competencias, capacidades y disponibilidad exigidas.

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