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¿Tengo derecho a paro tras un despido disciplinario?

Cuando un trabajador que ha incumplido sus obligaciones laborales de manera grave es despedido de manera disciplinaria tiene la duda de si va a tener o no, derecho a paro. Te lo explicamos en este artículo.

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Un trabajador que es despedido por la empresa tras un incumplimiento valorado como grave, y después de que la empresa haya podido demostrar su culpabilidad, supone un despido disciplinario sin derecho a indemnización, pero sí tendrá derecho a paro, porque según se establece en la ley, para cobrar la prestación por desempleo no es necesario que el despido sea calificado como procedente, improcedente o nulo por una resolución judicial. La comunicación de dicho despido por parte de la empresa, es suficiente para justificar la situación legal de desempleo y solicitar las prestaciones correspondientes.

Y aunque el trabajador no esté obligado a presentar la demanda frente al despido ante el Juzgado de lo Social, tiene la posibilidad de reclamar frente al despido simultáneamente. En este caso, una vez se resuelva la reclamación, podrá presentar una nueva solicitud de prestación por desempleo, en cuyo caso, si el despido es considerado procedente o improcedente o si hay o no salarios de tramitación, se modificará la resolución de la prestación de desempleo que estaba percibiendo en el caso de que fuera necesario.

Calificación del despido y derecho a paro

El despido disciplinario de un trabajador por incumplimiento graves y culpables en el ejercicio de sus funciones podrá ser calificado como:

  • Procedente: En este caso, como hemos visto tendrá derecho a paro, ya sea disciplinario, u objetivo.
  • Improcedente. El trabajador tendrá derecho a cobrar la indemnización máxima y la prestación por desempleo si ha trabajado el tiempo suficiente.
  • Nulo: En caso de que la empresa optase por la readmisión del trabajador cuando este cobra prestación por desempleo, supone que aquellas cuantías recibidas desde el SEPE se considerarán indebidas por causa ajena del trabajador, por lo que tendrán que devolverse. Normalmente esta gestión la realiza la empresa.
  • Los despidos sin causa : Se califican por la jurisprudencia como improcedentes.
derecho a paro tras un despido disciplinario
Derecho a paro tras un despido disciplinario

¿Es posible ser despedido y no cobrar paro?

Si. Existe la posibilidad de que un trabajador sea despedido y no tenga derecho a paro en aquellos casos en los que no se haya cotizado por desempleo al menos 360 días dentro de los seis años anteriores.

¿Qué sucede en caso de despido verbal o tácito?

Cuando se ha producido un despido tácito (sin comunicación expresa al trabajador) o verbal, el trabajador carece del instrumento acreditativo de la situación legal de desempleo. A falta de carta de despidoo de certificado de la empresa acreditativo de dicha situación, los documentos que sirven para la acreditación de la situación legal de desempleo son : el acta de conciliación administrativa, el acta de la conciliación judicial, la resolución del juez que declare la procedencia o improcedencia del despido y el informe de la ITSS donde consten el cese involuntario y la fecha en que surte efecto.

 

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