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Se deniega la incapacidad permanente a una empleada por falta de evidencia de disminución significativa de su capacidad para trabajar

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha ratificado la negativa del INSS a conceder la incapacidad permanente a la empleada de charcutería, basándose en la falta de evidencia de una disminución significativa de su capacidad para trabajar. Te lo explicamos en el siguiente artículo.

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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso de una empleada de charcutería que solicitó la incapacidad permanente por sufrir ansiedad y otras patologías funcionales. Esta decisión se basa en la evaluación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que determinó que las lesiones de la demandante no tenían un grado suficiente de disminución de su capacidad para trabajar.

La charcutera, nacida en 1980, estuvo de baja laboral durante algo más de un año debido a un trastorno de ansiedad generalizada. El 22 de febrero de 2023, inició un proceso de incapacidad permanente basándose en un cuadro clínico que incluía dolor en cuatro o más articulaciones, fibromialgia, limitación de la movilidad de la pierna derecha, síndrome de ansiedad generalizada y fobias. Sin embargo, el 16 de marzo fue despedida de la empresa por no ser apta para su puesto de trabajo.

Distintos diagnósticos que dificultan determinar las repercusiones funcionales objetivas

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias expone que la mujer presenta un cuadro patológico formado por distintos diagnósticos que dificultan determinar las repercusiones funcionales objetivas y duraderas. La sentencia de instancia señala que hay un contraste entre las molestias referidas por la demandante y los menoscabos apreciados por el facultativo del Equipo de Valoración de Incapacidades en la exploración practicada. Este equipo describe a la empleada como tranquila y abordable, además de bien aseada y vestida, sin contracturas, con movilidad cervical y sin limitaciones en las manos, entre otros aspectos.

Por otra parte, aunque la recurrente manifiesta que sufre dolor en cuatro o más articulaciones de predominio cervical, en las extremidades superiores y en la cadera derecha, la Sala Social señala que estas manifestaciones de dolor contrastan con el buen resultado de la exploración física, que no reveló señales de limitaciones importantes ni de afectación neurológica, tampoco en las caderas (libres y con movilidad articular completa).

 

 

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Incapacidad permanente
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La decisión judicial impugnada toma en consideración las diversas circunstancias apreciadas sobre el cuadro patológico, como nuevos estudios médicos y variaciones en alguna de las dolencias, para alcanzar la conclusión de que no concurren los requisitos exigidos legalmente para la situación de incapacidad permanente y los grados de ésta postulados en la demanda.

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