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Problemas del desempleo por trabajo a tiempo parcial

Hay prestaciones sociales que necesitan modificar su regulación. Entre ellas la de desempleo, que bien por su complejidad o por las interpretaciones que de la misma hace la entidad competente para reconocerla, no siempre resulta justa.

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En cuanto a su vertiente contributiva, tiende a ser restrictiva, en especial para los trabajadores que tienen la poca de fortuna de sólo trabajar a tiempo parcial ; aunque es poco exigente en cuanto a la realidad de las situaciones legales de desempleo.

Esta reflexión está motivada por la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de fecha 9 de noviembre del presente año que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada por un Juzgado de lo Social de Barcelona, relativo a la determinación de la base de cálculo de la duración de la prestación por desempleo para los trabajadores a tiempo parcial de tipo vertical.

Para que el lector comprenda mejor la situación, aclaro que se está denominando trabajo a tiempo parcial vertical al realizado sólo unos días a la semana, y horizontal a aquel que se presta de lunes a viernes sin interrupción. En ambos casos la cotización a la Seguridad Social se hace por meses completos, considerando los días de prestación de servicios vertical como de trabajo parcial concentrado. Pero el Servicio Público de Empleo Estatal para reconocer la duración de la prestación por desempleo, a los que ha trabajado de lunes a viernes, aunque sea una hora diaria, les considera toda la semana como trabajada, mientras que a los que trabajan sólo unos días, aun sumando con ello más horas que los otros, les computa los días efectivamente trabajados multiplicados por 1, 4 para considerar también los días obligatorios de descanso. De esa manera la duración de su prestación es menor y, en ocasiones, también su cuantía.

 

Como la referida sentencia entiende que eso es una situación discriminatoria, tengo noticias de que el SEPE va a intentar remediarla lo antes posible. Curiosamente, los argumentos del tribunal europeo son principalmente estar acreditado que la mayoría de los trabajadores a tiempo parcial vertical son mujeres que resultan perjudicadas por tal normativa. Pero bueno es que eso motive la revisión de la normativa, que ojalá se aproveche para mejorar alguno de los otros problemas que tiene esa prestación, en algunas situaciones restrictiva y permisiva en otras.

Enrique García Tomás - Graduado Social

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