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Cómo solicitar la prestación por cuidado del lactante

En este artículo te explicamos como solicitar la prestación de corresponsabilidad del cuidado del lactante por cualquiera de los dos progenitores, adoptantes o acogedores.

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Esta prestación económica trata de cubrir la pérdida de rentas que se producen con la reducción de la jornada de trabajo en media hora, que se solicita para el cuidado del lactante desde que cumpla nueve meses hasta los doce meses de edad.

¿Cómo se organiza el cuidado del lactante?

El inicio de la reducción de la jornada de trabajo, puede comenzar entre el mes noveno del nacimiento del lactante y hasta el duodécimo, pero una vez se haya producido el hecho causante, el tiempo que dure la reducción de la jornada de trabajo deberá ser el mismo para ambos progenitores, coincidiendo todos los días.

En cuanto a la reducción de la jornada de trabajo, ésta ha de ser diaria sin poder acumularse semanalmente, por lo que una persona que trabaja 40 horas semanales (en 5 días), su reducción a la semana deberá ser como mínimo de 2 horas y media (media hora por día).

En los supuestos de parto múltiple, cada progenitor tendrá derecho a una prestación de corresponsabilidad, cada uno por un hijo.

Por otro lado, hay que indicar que la prestación que va a pagar esta Entidad Gestora, va a ser aquella que corresponda a la reducción de la jornada de trabajo en media hora. Es decir, la persona trabajadora puede reducir su jornada laboral en el tiempo que desee (media hora, una hora, dos horas…), pero el INSS solamente abonará la reducción de media hora, pues es la situación protegida para esta prestación tal y como se desprende de lo previsto en el artículo 183 del TRLGSS.

Requisitos de los beneficiarios

Aquellas personas trabajadoras en situación de suspensión del contrato de trabajo que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar afiliados y en alta
  • Acreditar los periodos de cotización exigidos, en función de la edad de los progenitores.
  • Estar al corriente en el pago de las cuotas, en el caso de trabajadores responsables de la cotización.

Cuantía del subsidio por cuidado del lactante y duración

Este subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente, que será la establecida para la prestación de Incapacidad Temporal (IT) derivada de contingencias comunes y en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo. Respecto a cómo afecta al IRPF, esta prestación está exenta de tributación, salvo en el territorio foral navarro.

Este subsidio se abonará durante el tiempo que dure la suspensión del contrato de ambos trabajadores, hasta que él o la menor cumpla doce meses de edad.

La percepción de la prestación quedará en suspenso durante el periodo de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento y cuidado del menor, pudiendo retomarse hasta que el menor cumpla los 12 meses de edad, siempre y cuando lo que se pretenda se ejercer de modo concurrente ambos derechos por el mismo progenitor.

Pasos y documentación que se necesita para solicitarlo

Para poder solicitar este subsidio se debe adjuntar la siguiente documentación:

  • Documento de identidad, original y en vigor.
  • Libro de familia o certificado de inscripción del hijo/a cuando estos datos no consten automatizados en el Registro Civil.
  • Certificado de la empresa de cada uno de los progenitores en que conste: fecha de inicio y fin de la reducción de jornada del trabajador/a, la indicación del número de horas de trabajo habitual semanales, y el porcentaje en que ha quedado fijada la reducción de jornada.

 

 

prestación por cuidado del lactante
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¿Dónde se tramita?

Si cuenta con certificado digital o Cl@ve permanente, puede presentar su solicitud en el portal a través de este enlace. En caso de no contar con certificado o Cl@ve permanente, se puede realizar la gestión en la plataforma de servicios sin certificado de la Sede Electrónica, o incluso remitir la solicitud por correo ordinario acudir a un Centro de Atención e Información de Seguridad Social.

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