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Prestación por cuidado de hijo con discapacidad severa

El Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres ha emitido una sentencia favorable a una mujer que solicitó la prestación por cuidado de hijo afectado de enfermedad grave.

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La demandante, una enfermera que trabajaba en una clínica, había solicitado previamente una reducción de jornada y la prestación económica para cuidar a su hijo menor de edad, quien presenta una discapacidad psicomotora del 93%. El menor padece parálisis cerebral con discapacidad cognitiva severa y ausencia de lenguaje. Esta condición del niño está incluida en el listado de enfermedades graves del RD 1148/2011. Se interpuso una demanda porque inicialmente, una mutua colaboradora de la Seguridad Social había denegado la prestación.

¿Qué dice la sentencia y qué implica el fallo?

El juez argumentó que el grado de dependencia severa del menor "requiere un plus sobre los cuidados ordinarios en la atención mantenida y diaria, que va más allá de estos, necesarios ya incluso, para sobrevivir". Esta declaración subraya la necesidad de apoyo adicional para familias en situaciones similares y para casos futuros relacionados con prestaciones por cuidado de menores con discapacidades severas. Sin embargo, es importante señalar que la sentencia no es firme y puede ser objeto de recurso ante la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

 

discapacidad severa
Discapacidad severa

¿Cómo se evalúa el grado de dependencia en casos de discapacidad severa?

El grado de dependencia en casos de discapacidad severa se determina mediante un proceso de evaluación exhaustivo que considera los siguientes factores:

  • Evaluación por profesionales técnicos designado por la Comunidad Autónoma que realizan una evaluación en el domicilio del paciente.
  • Se utiliza el Baremo de Valoración de los grados de la Dependencia (BVD), que es común en todo el territorio nacional.
  • Se valora la capacidad de la persona para realizar actividades básicas de la vida diaria, incluyendo:
    • Comer y beber
    • Regulación de la micción y defecación
    • Lavarse y otros cuidados personales
    • Vestirse
    • Mantenimiento de la salud
    • ...
  • Grados de dependencia: Se asigna una puntuación de 0 a 100 basada en la capacidad de la persona para realizar estas actividades y con la puntuación se determina el grado de dependencia:
    • Grado III (Gran dependencia): 75-100 puntos
    • Grado II (Dependencia severa): 50-74 puntos
    • Grado I (Dependencia moderada): 40-49 puntos
  • Para personas con discapacidad intelectual, enfermedad mental o afecciones en la capacidad perceptivo-cognitiva, se utiliza una tabla específica.
  • Con esta evaluación, se determina no solo el grado de dependencia, sino también las prestaciones sociales y ayudas que la persona recibirá.

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