En contra de lo que algunos habían interpretado a raíz de un fallo previo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el Supremo aclara que esta conversión de interinos a fijos, no es posible de forma automática en el sistema español.
La sentencia se basa en un recurso de casación para la unificación de doctrina formulado por la Junta de Castilla y León. En él, se analizaba el caso de una trabajadora indefinida no fija, auxiliar de enfermería en una residencia, que reclamaba su derecho a ser admitida en un concurso de traslados pese a no tener la condición de fija.
Trato diferente entre trabajadores temporales y fijos
El Supremo, en su resolución, señala que la Directiva Europea 1999/70/CE, sobre el trabajo de duración determinada, permite un trato diferente entre trabajadores temporales y fijos por razones objetivas.
En este sentido, el Tribunal argumenta que la adscripción del personal temporal a un puesto de trabajo concreto, «conectado inevitablemente» con una causa de temporalidad, algo también aplicable a los indefinidos no fijos, «constituye elemento objetivo suficiente» que impide la equiparación entre trabajadores fijos y trabajadores temporales en los supuestos de traslado.
El Supremo recuerda que el personal indefinido no fijo no ha ingresado a través de un procedimiento selectivo basado en los principios de igualdad, capacidad y mérito, tal y como exige la Constitución española. Esta diferencia, según el Tribunal, puede considerarse «como una circunstancia objetiva y razonable que apoye lícitamente la exclusión del personal indefinido no fijo del concurso de traslados previsto en el convenio colectivo y excluya cualquier atisbo de discriminación en contra de tal tipo de trabajadores».
Planteamiento de cuestión prejudicial al TJUE
Pese a la claridad de su sentencia, el Supremo ha anunciado que planteará al TJUE una cuestión prejudicial para que aclare si las medidas del ordenamiento jurídico español se ajustan a la normativa europea.
Esta medida se enmarca en la voluntad del Tribunal de garantizar la máxima seguridad jurídica en esta materia tan compleja y sensible. La sentencia supone un jarro de agua fría para las expectativas de miles de interinos que aspiraban a ver regularizada su situación laboral a través de la conversión automática en fijos.
Sin embargo, abre la puerta a que el TJUE pueda ofrecer una interpretación diferente que, en última instancia, dé la razón a los interinos.
Detalles de la figura del trabajador indefinido no fijo (INF)
El trabajador indefinido no fijo es una realidad laboral singular en España, que afecta a miles de empleados en distintos sectores, principalmente en la Administración Pública. A diferencia de los trabajadores fijos, los INF no han obtenido su plaza a través de un proceso selectivo ordinario, sino que han sido contratados de forma temporal con la expectativa de que su situación se regularice en el futuro.