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Los sueldos de los administradores son deducibles en el Impuesto de Sociedades

El Tribunal Supremo ha zanjado finalmente la polémica sobre la deducibilidad de los sueldos de los administradores y socios de un negocio. Te lo detallamos en este artículo.

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La controversia en torno a la deducibilidad de los salarios de los administradores no es nueva. Durante años, la Agencia Tributaria ha mantenido una postura restrictiva, considerando en muchos casos estas retribuciones como una liberalidad no deducible en el Impuesto de Sociedades . Esta interpretación ha generado un sinfín de disputas, obligando a numerosas empresas a acudir a los tribunales para defender su derecho a desgravar estos gastos.

En los últimos años, diversas sentencias judiciales habían ido allanando el camino, sentando precedentes que, aunque no definitivos, inclinaban la balanza a favor de los contribuyentes. Sin embargo, la Agencia Tributaria ha continuado hasta la fecha desestimando estos gastos, lo que ha perpetuado la inseguridad jurídica.

Deducir los salarios de los administradores, a pesar de no estar aprobados en los estatutos sociales

Uno de los episodios más sonados que ilustra esta problemática fue el caso Mahou . En este litigio, la reconocida compañía cervecera defendió su derecho a deducir los salarios de sus administradores, a pesar de que estos no estaban expresamente aprobados en sus estatutos sociales. La sentencia del Tribunal Supremo en este caso supuso un retroceso para muchos negocios, ya que dio la razón a Hacienda, estableciendo que, para deducir el sueldo de los administradores, este debía estar necesariamente recogido en los estatutos de la sociedad. De lo contrario, el gasto se consideraría una liberalidad no deducible.

Tras este revés, el Tribunal Supremo ha emitido sentencias clave que han ido modificando progresivamente su jurisprudencia. La más importante de ellas, y la que finalmente ha puesto el punto y final a esta saga, es la sentencia n.º 546/2025, de 9 de mayo .

Los sueldos de los administradores son deducibles en el Impuesto de Sociedades

Esta nueva resolución vuelve a incidir en la jurisprudencia más reciente del Alto Tribunal, donde ya se reconocía que los sueldos de los administradores son deducibles en el Impuesto de Sociedades, incluso si no están previstos en los estatutos. Pero la sentencia del 9 de mayo de 2025 va un paso más allá, introduciendo un elemento crucial que despeja una de las dudas más recurrentes: la desgravación también será posible cuando el administrador sea, además, socio de la empresa.

Hasta ahora, una de las principales objeciones de la Administración Tributaria radicaba en que la retribución del administrador que también era socio podría ocultar una retribución de los fondos propios (es decir, un reparto de beneficios encubierto), y no un gasto inherente a la actividad empresarial. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha sido contundente al respecto: si bien esta hipótesis podría existir, es la Administración la que debe acreditarla y justificarla, y no el contribuyente quien deba demostrar lo contrario.

¿Qué requisitos deben cumplir ahora los sueldos para ser deducibles?

La sentencia del Supremo es clara: los sueldos que se pagan a los administradores que no tienen contrato de trabajo y que además son socios con una participación del 25% o más ya no se considerarán una liberalidad no deducible en el Impuesto de Sociedades, incluso si no están recogidos en los estatutos sociales.

No obstante, es fundamental que se cumplan ciertos requisitos para que la deducción sea válida. El gasto debe estar contabilizado, correctamente imputado y debidamente justificado . Esto implica que la retribución debe responder a servicios reales prestados a la sociedad, estar documentada adecuadamente y ser acorde con las funciones desempeñadas y el valor de mercado.

Implicaciones para pymes y autónomos societarios

Esta resolución judicial supone un espaldarazo enorme para las pymes y los autónomos societarios. Reduce drásticamente la incertidumbre jurídica y el riesgo de requerimientos por parte de la Agencia Tributaria en relación con la deducción de estos salarios . A partir de ahora, las empresas podrán planificar su estructura retributiva con mayor seguridad, sabiendo que las retribuciones de sus administradores y socios, si están debidamente justificadas, serán un gasto deducible.

Los sueldos de los administradores son deducibles en el Impuesto de Sociedades
Los sueldos de los administradores son deducibles en el Impuesto de Sociedades

Esta medida no solo simplifica la gestión fiscal de los negocios, sino que también fomenta la transparencia y la formalización de las retribuciones de los directivos y socios. Al considerar estos gastos como deducibles, se equiparan a cualquier otro coste necesario para la operativa de la empresa, lo que contribuye a una visión más realista y justa de la fiscalidad empresarial en España.

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