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Ley de riders y falsos autónomos

Ya se ha publicado en el BOE la ley que declara el carácter laboral de los trabajos realizados por repartidores de plataformas digitales.

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Hace unos meses, el Tribunal Supremo declaró que los repartidores de una conocida empresa de reparto de comida a domicilio eran falsos autónomos. Ello, por la concurrencia, entre otros, de los siguientes indicios:

  • Los repartidores están sujetos a un permanente sistema de control mientras desarrollan sus servicios. En concreto, llevan encima un GPS que permite su geolocalización mientras realizan su actividad.
  • Los trabajadores deben seguir las instrucciones de la empresa a la hora de prestar sus servicios. Por ejemplo, se establece el plazo máximo en el que se debe realizar el servicio, se especifica cómo deben dirigirse al usuario final, se les prohíbe vestir determinadas camisetas o gorros...
  • En el contrato suscrito por ambas partes se especifican como causas de despido las indicadas en el Estatuto de los Trabajadores para el despido disciplinario (ofensas verbales o físicas, transgresión de la buena fe...).
  • La empresa pone a disposición de los repartidores una plataforma digital necesaria para poder prestar los servicios.

Pues bien, con el objeto de regularizar la situación laboral de dicho colectivo y de evitar la litigiosidad entre la empresa y los trabajadores, se ha publicado una norma que presume que los repartidores que prestan sus servicios a través de una plataforma digital son trabajadores por cuenta ajena y, por tanto, deben cotizar en el Régimen General. La norma también amplía las competencias del comité de empresa. Así, se establece que el comité tiene derecho a ser informado de las reglas en las que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo de los repartidores.

La norma entra en vigor el 12 de agosto. Puede acceder aquí al texto legal de la Ley de Riders .

Ley de riders
Ley de riders

La norma también establece que el comité de empresa tiene derecho a ser informado de las reglas en las que se basa el algoritmo para determinar las condiciones de trabajo, el acceso y el mantenimiento del empleo.

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