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Extinción del contrato e indemnización por despido si se produce retraso en el pago de la nómina

Los empleados ya pueden extinguir su contrato de trabajo con derecho a indemnización por despido si el empleador se retrasa más de 15 días en el pago de las nóminas en diferentes momentos durante la vigencia de la relación laboral.

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El pasado 3 de abril entró en vigor la modificación del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Esta reforma, introducida por la Ley Orgánica 1/2025, establece que los empleados pueden extinguir su contrato de trabajo con derecho a indemnización por despido si el empleador se retrasa más de 15 días en el pago de las nóminas en diferentes momentos durante la vigencia de la relación laboral.

Falta de pago y retrasos continuados

Antes de la reforma, el artículo 50 del ET ya contemplaba la posibilidad de que los trabajadores solicitaran la extinción de su contrato por incumplimientos graves del empleador, incluyendo la falta de pago o los retrasos continuados en el abono del salario pactado. Sin embargo, la normativa no especificaba claramente los plazos y la periodicidad necesarios para que estos retrasos se consideraran motivo suficiente para la extinción del contrato.

La nueva modificación aborda esta laguna legal al definir que se entenderá por "retraso" cuando el pago del salario se demore más de 15 días respecto a la fecha fijada. Además, establece que si este retraso ocurre en seis meses diferentes durante la vigencia del contrato, aunque no sean consecutivos, o si se adeudan tres mensualidades completas en un año, los empleados tendrán derecho a extinguir su contrato con la correspondiente indemnización.

¿Cómo afecta a los trabajadores?

Esta reforma refuerza la protección de los derechos laborales al proporcionar a los trabajadores una herramienta legal clara y efectiva para enfrentar los incumplimientos salariales. Los empleados ya no tendrán que soportar la incertidumbre y las dificultades financieras derivadas de los retrasos en el pago de sus salarios, ya que ahora cuentan con un mecanismo definido para reclamar sus derechos.

Para los empleadores, especialmente los autónomos y pequeñas empresas, esta modificación implica la necesidad de una gestión más rigurosa y puntual de las nóminas. El incumplimiento de los plazos establecidos puede resultar en la pérdida de empleados valiosos y en la obligación de pagar indemnizaciones significativas .

¿Cuáles son las causas que permiten a un trabajador solicitar la extinción de su contrato?

Las causas justas que permiten a un trabajador solicitar la extinción de su contrato según el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores (ET) incluyen: modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo que menoscaben la dignidad del trabajador, falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado (más de 15 días), y cualquier incumplimiento grave de las obligaciones del empresario. Además, el trabajador tiene derecho a indemnización por despido improcedente.

Retraso en el pago de la nómina
Retraso en el pago de la nómina

Procedimiento para la extinción del contrato

La extinción del contrato y la obtención de la indemnización no son automáticas. Los trabajadores deberán acudir a la vía judicial para reclamar la extinción indemnizada de su contrato. No obstante, la normativa ya ampara a los asalariados para que, una vez producidos los hechos con la periodicidad establecida, puedan reclamar legítimamente.

 

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