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¿En qué consiste un contrato de distribución?

Un contrato de distribución es un acuerdo legal entre un proveedor y un distribuidor que establece los términos y condiciones para la venta y comercialización de productos o servicios. Te detallamos la forma de este contrato y los beneficios que tiene.

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El contrato de distribución es aquél por el cual un empresario (concesionario o distribuidor) se compromete a adquirir en determinadas condiciones productos, normalmente de marca, a otro (concedente) y a revenderlos en una zona concreta, prestando a los compradores de estos productos la asistencia que precisen una vez realizada la venta.

Territorio para la venta en exclusiva

Lo característico de este contrato es la concesión de un territorio, con carácter exclusivo o no, para la venta de los productos objeto del contrato. Es frecuente que el contrato se pacte con exclusividad, es decir, cuando una empresa se obligue a no entregar sus productos más que a otra empresa para su reventa en un territorio determinado, o cuando una empresa se obligue a no comprar sus productos más que a otra empresa determinada con fines de reventa, o cuando ambas obligaciones sean recíprocas.

Puede pactarse por tiempo determinado o indefinido. Cuando su duración sea indefinida, ambas partes pueden denunciar el contrato en cualquier momento, respetando siempre las normas de preaviso y buena fe.

La empresa distribuidora o concesionario presta numerosos servicios:

  • Venta del producto adquirido con carácter exclusivo del fabricante.
  • Reparaciones del producto.
  • Venta de repuestos.
  • Colaboración con la entidad de financiación de las ventas, si existiera.

Extinción del contrato de distribución

El contrato puede extinguirse por las causas que las partes hayan previsto en él, por vencimiento del plazo o por declaración unilateral de desistimiento.

Resuelto unilateralmente un contrato de concesión o distribución en exclusiva de duración indefinida, en principio el concesionario no tiene derecho a ninguna indemnización por daños y perjuicios por el ejercicio correcto por el concedente de su facultad de resolución. Sin embargo, sí la tiene cuando la usa con mala fe o con abuso de derecho.

La extinción de los contratos de concesión o distribución, sean por tiempo indefinido, sean por tiempo determinado, da lugar, como regla general, al derecho del distribuidor a una compensación económica a cargo del proveedor por la clientela ganada gracias al esfuerzo empresarial del primero y de la que pueda aprovecharse el segundo tras la extinción del contrato.

¿Qué beneficios se obtienen con la firma del contrato de distribución?

El contrato de distribución se puede formalizar verbalmente, pero si posteriormente surge un conflicto entre las partes, aunque se podrán aportar otras pruebas de la existencia de una relación de distribución y de cuáles son las condiciones acordadas (correspondencia mantenida, facturas...), es aconsejable plasmarlo por escrito, ya que así quedan claras las obligaciones y derechos de ambas partes. Además, podrán incluirse algunas condiciones que difícilmente podrán reclamarse si no existe un contrato escrito.

Es práctica habitual en este tipo de contratos pactar un número mínimo de compras (por ejemplo, cada año) o que algunos gastos (promoción, asistencia a ferias…) corran a cargo del distribuidor. Si no existe contrato por escrito es complicado poder exigir dichos compromisos económicos, ya que debe demostrarse con otras pruebas que el distribuidor los ha asumido.

Si el distribuidor concede la exclusiva de venta de los productos en una determinada zona, mediante la firma del contrato puede pactarse que el concedente podrá vender directamente en esa zona, sin que el distribuidor pueda oponerse.

 

 

contrato de distribución
contrato de distribución

Cuando finaliza un contrato verbal de distribución algunos distribuidores reclaman una indemnización por clientela. Si no existe contrato escrito es complicado demostrar que el distribuidor renunció en algún momento a esa posible indemnización, y lo más seguro es que, en caso de conflicto, se vea obligado a satisfacerla. En cambio, si firma un contrato, puede pactarse que el distribuidor renuncie a dicha indemnización o fijar una cuantía determinada.

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