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Contrato eventual: el idóneo para cubrir las vacaciones

Si una empresa necesita contratar a sustitutos para cubrir vacaciones, debe utilizar contratos eventuales y no contratos de sustitución.

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Los contratos eventuales sólo se pueden utilizar en casos específicos, y uno de esos casos es para cubrir los trabajos dejados de realizar por los empleados que disfrutan de sus vacaciones anuales. Por tanto, si una empresa necesita contratar a sustitutos durante las vacaciones de su personal indefinido, debe actuar del siguiente modo:

  • Formalizar contratos eventuales por circunstancias de la producción. Este contrato es el que se utiliza para cubrir las oscilaciones que, aun tratándose de la actividad normal de su empresa, generan un desajuste temporal entre el empleo disponible y el que se requiere. Entre dichas oscilaciones se incluyen las que derivan de las vacaciones anuales.
  • Aunque necesite sustituir a los empleados que hacen vacaciones, no debe formalizar contratos de sustitución. Este contrato sólo se puede utilizar para sustituir a trabajadores que tengan el contrato suspendido y el derecho de reserva de su puesto de trabajo (en caso de bajas médicas, de situaciones de maternidad y paternidad…). Las vacaciones no son una suspensión del contrato, sino una mera interrupción.

Para que se entienda que concurre una causa justificada de temporalidad y el contrato eventual sea lícito, se debe especificar con precisión la causa habilitante de la contratación en el modelo oficial de contrato, las circunstancias concretas que la justifican (cubrir las vacaciones de otro trabajador, indicando quién es) y su conexión con la duración prevista (igual a los días de vacaciones cubiertos).

Contrato eventual
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