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Contratación de familiares como trabajadores por cuenta ajena

Los trabajadores autónomos tienen la posibilidad de contratar a sus familiares como trabajadores por cuenta ajena bajo ciertas condiciones. En particular, pueden contratar a sus hijos menores de 30 años, incluso si conviven con ellos, sin que estos coticen por desempleo. En este artículo, abordaremos los aspectos clave que deben tener en cuenta los autónomos a la hora de contratar a un familiar.

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Requisitos y condiciones

En primer lugar, es importante destacar que los autónomos pueden contratar a familiares siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. La normativa establece que los familiares contratados deben estar dados de alta en la Seguridad Social y cumplir con las mismas obligaciones laborales que cualquier otro trabajador. Además, es fundamental que la relación laboral sea real y efectiva, es decir, que el familiar contratado desempeñe funciones concretas y reciba una remuneración acorde a su trabajo.

Régimen de la Seguridad Social

Según la Ley General de la Seguridad Social, los autónomos pueden contratar a sus hijos menores de 30 años a través de un contrato de formación en alternancia, tanto si existe convivencia o no. Además, la disposición adicional décima de la Ley 20/2007, de Estatuto del Trabajo Autónomo , establece que los trabajadores autónomos podrán contratar a sus hijos menores de 30 años como trabajadores por cuenta ajena, aunque convivan con él.

Bonificaciones y ayudas

La contratación de familiares por trabajadores autónomos también está sujeta a ciertas exclusiones y bonificaciones. Los familiares que colaboran con el autónomo pueden beneficiarse de bonificaciones en la cotización si se incorporan al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y no han estado dados de alta en los cinco años anteriores .

Estas bonificaciones se aplican durante 24 meses y varían en porcentaje según el tiempo transcurrido desde el alta. Además, los familiares contratados no cotizan por desempleo hasta cumplir los 30 años, lo que representa una ventaja económica para el autónomo

¿Qué pruebas son necesarias para demostrar la condición de asalariado?

Para demostrar la condición de asalariado de un familiar que trabaja para un autónomo, es necesario presentar pruebas como la existencia de un contrato de trabajo formal, la retribución que supere lo que se considera "dinero de bolsillo", y la inclusión en el régimen de la Seguridad Social. Además, la certificación del padrón municipal puede ayudar a probar la convivencia y la dependencia económica. Es fundamental que la carga de la prueba recaiga sobre quien sostiene la relación laboral.

Contratación de familiares como trabajadores por cuenta ajena
Contratación de familiares como trabajadores por cuenta ajena

¿Qué requisitos se deben presentar para que un hijo mayor de 30 años pueda ser contratado por un autónomo sin perder la condición de trabajador por cuenta ajena?

Para que un hijo mayor de 30 años pueda ser contratado por un autónomo sin perder la condición de trabajador por cuenta ajena, debe demostrar que tiene especiales dificultades para su inserción laboral . Además, es necesario presentar una declaración conjunta del autónomo y del hijo en el plazo de 30 días tras cumplir los 30 años. Este hijo no cotizará por desempleo mientras mantenga esta relación laboral.

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