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Cambio de horario de trabajo por olas de calor

Te detallamos en este artículo las novedades normativas para la prevención de riesgos laborales eficaz para combatir fenómenos meteorológicos como las olas de calor.

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Recientemente se ha publicado una normativa por la que se adoptan, entre otras, medidas urgentes en materia de cambio de horarios por prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas. La norma establece las siguientes obligaciones:

  • Cuando se desarrollen trabajos al aire libre y en los lugares de trabajo que, por la actividad llevada a cabo, no puedan quedar cerrados, el empresario debe prever medidas adecuadas frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo las temperaturas extremas.
  • Se debe llevar a cabo una evaluación de riesgos laborales que tenga en cuenta tanto las características de la tarea que se desarrolle como las características personales o el estado biológico conocido de la persona trabajadora.
  • En los casos en los que no se pueda garantizar la debida protección del empleado, se puede establecer, como medida preventiva, la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos (por ejemplo, en las horas en que haga más calor).
  • Debe haber una adaptación obligatoria de las condiciones de trabajo ante los avisos de fenómeno meteorológico adverso.

Cuando la Agencia Estatal de Meteorología –o, en su caso, el órgano autonómico correspondiente– emita un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo (por ejemplo, una ola de calor) y las medidas preventivas adoptadas no garanticen la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.

Para llevar a cabo esta adaptación, la empresa tiene dos opciones:

Modificación de los horarios de trabajo o de las funciones encomendadas

Teniendo en cuenta la imprevisibilidad y la temporalidad de dichas modificaciones, así como su origen (aviso de fenómenos meteorológicos adversos por parte de una autoridad oficial), difícilmente podrían ser calificadas como modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo .

Interrupción de la jornada de trabajo

La empresa puede aplicar fórmulas de distribución irregular de la jornada (revisando siempre si el convenio colectivo de aplicación regula el procedimiento a seguir o se tiene algo pactado con los representantes de los trabajadores) o reducir temporalmente la jornada por fuerza mayor.

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Olas de calor y cambio de horarios en tu empresa

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