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Los hijos menores de 30 años de un trabajador autónomo tienen derecho al paro si no conviven con su progenitor

Según lo establece una sentenica reciente del Tribunal Supremo, los hijos menores de 30 años de un trabajador autónomo tienen derecho al desempleo siempre que no convivan con su progenitor empresario.

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El Tribunal Supremo reconoce en una reciente sentencia del 24 de marzo de 2021, el derecho al paro de los hijos menores de 30 años de un trabajador autónomo, siempre que presten servicios para su progenitor y no convivan juntos.

En un principio, la prestación fue denegada por el SEPE (Servicio de Empleo Público Estatal), a un trabajador que recurrió esta resolución administrativa, y ahora, el Tribunal Supremo ha estimado en el recurso de casación para la unificación de doctrina que presentó la representante del trabajador, que concurren las circunstancias que posibilitan el acceso a la prestación por desempleo denegada, ya que nos encontramos en el supuesto de un hijo menorde30años, no conviviente.

Según argumenta el alto Tribunal, la Disposición Adicional 10ª de la Ley 20/2007, de 11 de julio establece que:

"Los trabajadores autónomospodrán contratar, comotrabajadores por cuenta ajena, a los hijosmenoresde30años, aunque convivan con ellos. En este caso, del ámbito de la acción protectora dispensada a los familiares contratados quedará excluida la cobertura por desempleo".

Y según recoge la sentencia, el Tribunal explica que el hecho de que la Ley 20/20007 detalle que: la frase "en este caso" se refiere a los hijosmenoresde treintaañosque convivan con eltrabajador autónomo, ya que la frase "aunque convivan con ellos" precede inmediatamente a "en este caso".

Esto supone que el acceso a la prestación de desempleo no resulta subordinado al requisito de que el solicitante, hijo de una persona trabajadora afiliadaal RETA, sea mayor omenorde treintaaños, lo que supondría una discriminación por razón de edad, sino que, partiendo del hecho de que esmenorde treintaaños, se le reconoce el derecho a la citada prestación en el supuesto de que no conviva con su progenitor, denegándosele en caso contrario.

 

Paro de los hijos menores de 30 años de un trabajador autónomo
Paro de los hijos menores de 30 años de un trabajador autónomo

El requisito de la convivencia permite la concesión de la prestación, ya que es un factor relevante para determinar la existencia de una especial relación y, en su caso dependencia, tal y como resulta del artículo 1.3 e) delEstatuto de los Trabajadores y 12 de la Ley General de la Seguridad Social.

Por otra parte tal requisito es tenido en cuenta por la Ley General de la Seguridad Social para la concesión de numerosas prestaciones, como pueden ser las prestaciones en favor de familiares, etc.

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