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Prestación por riesgo durante la lactancia: el TS clarifica su aplicación

Una trabajadora que prestaba servicios como veterinaria en una clínica de pequeños animales solicitó la prestación por riesgo durante la lactancia. La mutua y el juzgado inicial denegaron la prestación, pero el TS ha corregido esta decisión.

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Una trabajadora que prestaba servicios como veterinaria en una clínica de pequeños animales solicitó la prestación por riesgo durante la lactancia. Alegaba que su exposición a gases anestésicos (isoflurano) y productos citostáticos (quimioterapia animal) suponía un peligro para su hijo.

Aunque la mutua y el juzgado inicial denegaron la prestación argumentando que el riesgo se evitaba usando mascarillas y equipos de protección (EPIs), el Tribunal Supremo ha corregido esta visión.

Inversión de la carga de la prueba del riesgo durante la lactancia

Este es el concepto legal más importante para un empresario. La sentencia (STS 6018/2025) establece que:

Si existe un indicio de riesgo , no es la trabajadora quien debe demostrar que su leche puede estar contaminada. Es la empresa (o la mutua) quien debe probar con datos científicos y mediciones reales que el puesto es totalmente inocuo .

El Tribunal Supremo señala tres errores comunes que las pymes deben evitar:

Evaluaciones genéricas. No basta con decir que "hay riesgo químico". La evaluación debe ser específica para la lactancia , analizando cómo afectan esos agentes a la leche materna.

Falta de mediciones. En este caso, no se midió la concentración real de gases en el aire ni la exposición dérmica. Sin datos técnicos, la empresa no puede afirmar que el riesgo está "controlado".

Fiarse solo de los EPIs. El tribunal advierte que las medidas de protección generales (como guantes o ventilación) pueden no ser suficientes cuando se trata de proteger a un recién nacido .

El interés superior del menor

La sentencia recuerda que en estos casos no solo protegemos la salud de la empleada, sino el derecho a la vida y supervivencia del lactante . Cualquier deficiencia en la evaluación de riesgos se considera ahora una discriminación directa por razón de sexo .

riesgo durante la lactancia
Riesgo durante la lactancia

Consejos prácticos para tu Pyme

Si tienes una empleada en periodo de lactancia:

Revisa tu Plan de Prevención y asegúrate de que incluya un anexo específico para "Lactancia Natural" con riesgos detallados por puesto.

Solicita mediciones reales y si hay agentes químicos o biológicos, pide a tu servicio de prevención que cuantifique la exposición.

Antes de llegar a la suspensión de contrato, documenta siempre si es técnica y objetivamente posible cambiar a la trabajadora a un puesto exento de riesgos.

Una evaluación de riesgos "de manual" o genérica ya no es escudo suficiente ante una demanda. La protección del lactante exige rigor técnico y proactividad por parte de la empresa.

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