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¿Por cuánto tiempo se puede ser administrador de una sociedad?

La duración del cargo de administrador en una sociedad de capital es una decisión importante que debe tomarse teniendo en cuenta las características específicas de cada sociedad. Te lo explicamos en este artículo.

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En las SL el cargo de administrador tiene duración indefinida (a no ser que los estatutos establezcan una duración determinada). Sin perjuicio de ello, la junta de socios puede cesar al administrador en cualquier momento y el administrador puede renunciar al cargo cuando lo desee. Por el contrario, en las SA el plazo de duración del cargo de administrador será el que fijen los estatutos . No obstante, éstos no pueden establecer un plazo superior a seis años (transcurrido este plazo, los administradores pueden ser reelegidos una o más veces por períodos de igual duración máxi­ma).

El nombramiento del administrador de la SL se realizará por plazo indefinido

Por tanto, es conveniente que el nombramiento del administrador de la SL se realice por plazo indefinido. En cuanto a las SA, es recomendable hacerlo por el plazo máximo de seis años que autoriza la ley. En esta cuestión, constituir una SL supone un ahorro respecto a la SA, dado que al permitirse el nombramiento por plazo indefinido se evitan los trámites de tener que renovar el cargo de administrador cada cierto tiempo y los costes de inscribir dicha renovación en el Registro Mercantil.

El nombramiento de los administradores caduca cuando, vencido el plazo, se haya celebrado junta general o haya transcurrido el plazo para la celebración de la junta que ha de resolver sobre la aprobación de las cuentas del ejercicio anterior. Mientras no se renueve el cargo, el administrador debería tomar algunas precauciones:

  • Si no hay ningún otro administrador con cargo vigente o que pueda seguir ejerciendo el cargo sin aquél cuyo cargo ha caducado, éste deberá asegurarse de que en la convocatoria de la siguiente junta consta en el orden del día el nombramiento de un nuevo administrador.
  • De esta forma ese nombramiento ya quedará en manos de la junta de socios, y a partir de la celebración de la junta el administrador con cargo caducado dejará de ser administrador y podrá desvincularse de la gestión si es que así le interesa.

En caso de que no exista otro administrador ni la junta renueve el cargo, el administrador que continúe ejerciendo como tal será considerado administrador de hecho y seguirá obligado a actuar con la diligencia que se exige a quienes ejercen el cargo.

administrador de una sociedad
Administrador de una sociedad

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