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Obligaciones contables del emprendedor de responsabilidad limitada

En este artículo vamos a conocer cuales son las obligaciones contables del emprendedor de responsabilidad limitada en lo referido a la llevanza de libros y obligaciones registrales.

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Ya hemos hablado en otros artículos sobre la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL) que es aquél autónomo que no responde con su patrimonio personal de las deudas contraídas en su actividad profesional o empresarial, siempre que se cumplan determinadas condiciones.

Pero en este caso, vamos a hablar de sus obligaciones contables entre las que están la llevanza de los l
ibros contables, el cierre del ejercicio y las obligaciones registrales del Empresario de Responsabilidad Limitada.

Libro de Inventarios y Cuentas Anuales

El Libro de Inventarios y Cuentas Anuales es un documento contable que está conformado por los siguientes documentos:
  • Balance inicial detallado de la empresa,
  • Balances de sumas y saldos de comprobación con una periodicidad trimestral como máximo.
  • Inventario de cierre de ejercicio.
  • Un ejemplar de las cuentas anuales.

Estos libros se elaborarán el último día del ejercicio económico de la empresa tomando como base dicho periodo.

Por su parte, las cuentas anuales, están conformadas por un conjunto de documentos contables, que son los siguientes:

  • El Balance de situación
  • Cuenta de pérdidas y Ganancias
  • Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (ECPN)
  • Estado de Flujos de Efectivo
  • Memoria de actividades

En el caso de que la empresa esté aplicando el Plan General de Contabilidad de PYMES o si la empresa aplica el Plan General de Contabilidad y reúne las características para presentar Balance o ECPN abreviado, no será obligatorio realizar el Estado de Flujos de Efectivo.

El ERL tiene además la obligación de elaborar un informe de gestión, salvo que la empresa reúna las condiciones para presentar Balance o un ECPN abreviado.

El Libro de Inventarios y Cuentas Anuales debe respetar el orden de fechas, sin espacios en blanco ni tachaduras o raspaduras. Tampoco se pueden añadir abreviaturas o símbolos que no sean conformes al orden mercantil. En caso de cometer un error u omisión en las anotaciones se debe corregir lo antes posible.

Aunque la normativa permita que el Registro Mercantil Provincial admita los libros en papel, la totalidad inmensa mayoría de las obligaciones contables se confeccionan en formato electrónico a través de software preparados para esto.

 

Descripción de los documentos que forman el libro de Inventarios y Cuentas Anuales:

DocumentoContenido
Balance de sumas y saldos Muestra el saldo de las cuentas del libro mayor.
Libro de inventario Relación de los bienes y derechos de la sociedad.
Informe de gestión Descripción de la situación de empresa y su evolución, e información sobre los riesgos e incertidumbres a los que se enfrenta.
Cuentas anuales Balance Incluye el activo, el pasivo y el patrimonio neto de la empresa a final del ejercicio.
Cuenta de pérdidas y ganancias Con el resultado de la empresa, formado por los ingresos y gastos del ejercicio.
Estado de cambios en el patrimonio neto Aquellas variaciones en las diferentes masas patrimoniales y las causas de dichas variaciones.
Estado de flujos de efectivo Informa sobre el origen y la utilización de los activos monetarios.
Memoria Documento que completa y amplía la información contenida en otros documentos que integran las cuentas anuales.

Se ha establecido el plazo de siete meses desde el cierre del ejercicio social para cumplir con la obligación del depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil.

De no cumplirlo, el emprendedor perderá el beneficio de la limitación de responsabilidad en relación con las deudas contraídas con posterioridad al fin de ese plazo, y recuperará el beneficio en el momento de la presentación.

Obligaciones contables del emprendedor de responsabilidad limitada
Obligaciones contables del emprendedor de responsabilidad limitada

Legalización del Libro Diario y del Libro de Inventarios y Cuentas Anuales

En el art.27 del Código de Comercio se establece la obligación de llevar estos libros al Registro Mercantil para que éste anote la presentación en sus propios registros y selle los libros presentados para dar autenticidad al contenido de dichos libros.

Lo normal es realizar este trámite antes de ser usado el libro en blanco, pero existe la posibilidad de legalización a posteriori durante los 4 meses siguientes al cierre de ejercicio.

Este trámite es obligatorio para el Empresario individual y el Emprendedor de Responsabilidad Limitada cuando realicen una actividad empresarial mercantil y tributen en el IRPF en el método de estimación directa normal.

En el caso de las entidades en atribución de rentas, será obligatorio siempre que cada uno de sus miembros tribute en el método de estimación directa normal.

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