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Modelo 115 sobre arrendamientos. ¿Qué es y cómo se presenta?

Modelo 115 de retenciones de rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.

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¿Qué es el modelo 115?

El modelo 115 es un formulario que debemos presentar en Hacienda por el que los autónomos y las empresas declaran y liquidan aquellas retenciones del IRPF que han realizado cada trimestre en el pago de sus alquileres.
En otras palabras, son las retenciones que estás obligado a realizar cada mes en las facturas del pago del alquiler de una oficina o local de negocio.

El arrendatario que está obligado a esta restención debe:
- detraer de los rendimientos que abone el porcentaje que corresponda, y efectuar su ingreso en el Tesoro;
- presentar periódicamente, en los correspondientes modelos oficiales, las declaraciones de las cantidades retenidas e ingresadas; y
- emitir un certificado de retenciones o ingresos a cuenta.
Esta declaración e ingreso mensual o trimestral se efectúa en el modelo 115, mientras que la declaración anual se presenta en el modelo 180.

¿Quién debe presentar el modelo 115?

Como hemos visto, el modelo 115 deberá ser presentado, con el ingreso del importe correspondiente, por los retenedores y obligados a ingresar a cuenta que satisfagan las rentas o rendimientos, salvo las rentas derivadas del subarrendamiento de inmuebles urbanos percibidas por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que tengan la consideración de rendimientos del capital mobiliario, en cuyo caso los sujetos obligados a retener o ingresar a cuenta deberán presentar otro modelo diferente .

El arrendatario persona física que alquila para fines particulares no está obligado a practicar retención, quedan exonerados todos los arrendamientos para vivienda, o apartamentos de vacaciones, plazas de garaje para el vehículo particular, etc., ya que no existe la obligación de retener de quien paga las rentas.

Están asimismo sujetas a retención o ingreso a cuenta, con arreglo a las normas del IRPF, las rentas que se satisfagan o abonen a las entidades en régimen de atribución de rentas, aunque todos o alguno de sus miembros sea contribuyente por el IRPF, IS o IRNR. Esta retención o ingreso a cuenta se deducirá en la imposición personal del comunero en la misma proporción en que se atribuyan las rentas (LIRPF art.89.2).

Exenciones al pago del impuesto

Existen varios supuestos en los que no hay que realizar retención aunque no sea un arrendatario persona física, o si lo es, no esté alquilando para un fin particular:
• Cuando el arrendatario es una empresa que alquila la vivienda para un empleado .
• Cuando las rentas satisfechas por el arrendatario a un mismo arrendador no superan los900 €anuales .
• Cuando en el impuesto sobre actividades económicas (IAE), el arrendador:
- está obligado a tributar por alguno de los epígrafes del grupo 861 y no resulta cuota cero;
- está obligado a tributar por algún otro epígrafe que faculte para la actividad de arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos, y aplicando al valor catastral de estos inmuebles las reglas para determinar la cuota establecida en los epígrafes del grupo 861, no resulta cuota cero cuando el valor catastral de los inmuebles sea superior a 601.012, 10 euros;
- goza de exención subjetiva u objetiva.
La obligación de tributar en IAE debe acreditarlael arrendador a su arrendatario con certificación expedida por la AEAT del domicilio fiscal, que tiene vigencia durante el año natural de su expedición.

 

Presentación electrónica del modelo 115 paso a paso

Para acceder a la presentación electrónica , deberás identificarte con firma digital (certificado o DNIelectrónico) o bien mediante el sistema de identificaciónCl@ve PIN.

Si el declarante no dispone de identificación electrónica es necesario que la persona que realiza la presentación esté autorizada para presentar declaraciones en nombre de terceros.

Hay que cumplimentar los datos identificativos del declarante e indicar el periodo de la declaración, después pulsar " Aceptar " para iniciar una nueva declaración.

Datos económicos

En el pie del formulario se encuentra la botonera con las funciones disponibles :

  • Mostrar u ocultar información sobre errores o avisos de cumplimentación.
  • "Borrar declaración" elimina los datos de la declaración en la que estás trabajando para empezar una nueva.
  • El botón "Guardar" te permite almacenar los datos de la declaración en los servidores de laAEATaunque esté incompleta y contenga avisos o errores . Si ya existe una declaración guardada anteriormente se sobreescribirá. Cuando accedas de nuevo el modelo, en la ventana inicial de identificación, te dará opción a recuperar los datos con el botón "Cargar". También podrás recuperar la declaración guardada utilizando el boton"Cargar" situado en la botonera al pie del formulario.
  • Con el botón " Validar declaración " comprueba si tienes avisos o errores. En la parte superior, aparecerá la pestaña "Errores" con los avisos o errores detectados. Recuerda que los avisos ofrecen información relevante que es conveniente revisar, pero no impiden la presentación de la declaración. En caso de que la declaración contenga errores, estos deben ser corregidos.
  • Desde "Importar", podrás recuperar la declaración obtenida mediante un fichero con formato BOE exportado desde el formulario o confeccionado con un programa externo. Ten en cuenta que, desde esta opción, si existen datos indicados en el formulario, estos se perderán al importarse el fichero .115.
  • Utiliza el botón " Formalizar Ingreso/Devolución " para presentar la declaración una vez cumplimentada y validada.

Obtención de NRC

En la ventana emergente, selecciona el tipo de declaración . Si el resultado es a ingresar y no se domicilia el ingreso, será necesario obtener primero elNRC y después presentar la autoliquidación. ElNRCes el Número de Referencia Completo, un código de 22 caracteres y que sirve como justificante del pago. Desde el propio formulario, en el botón " Realizar pago (obtenerNRC) ", es posible conectar con la pasarela de pagos para generar automáticamente unNRCcon los datos que contiene la declaración.

El modelo 115 tiene integrada también la opción de reconocimiento de deuda y pago por transferencia desde una cuenta bancaria abierta en una Entidad de Crédito NO COLABORADORA, escogiendo en el desplegable "Seleccione el tipo de Declaración", "Reconocimiento de deuda y pago por transferencia".

Firmar y enviar

Por último, haz clic en " Firmar y enviar ", en la siguiente ventana marca la casilla "Conforme" y pulsa de nuevo "Firmar y enviar" para presentar la declaración.

Si hemos hecho todo bien, obtendremos una respuesta con el mensaje " Su presentación ha sido realizada con éxito ".

En los casos en los que exista reconocimiento de deuda, en la hoja respuesta de presentación realizada con éxito, se mostrará un enlace para realizar la presentación del aplazamiento o de la solicitud de compensación. Pulsa " Tramitar deuda ". A continuación, se abrirá el detalle de la liquidación con los datos del deudor y de la clave de liquidación. Deberás escoger entre una de las opciones disponibles: aplazar, compensar o pagar.

Modelo 115 sobre arrendamientos
Modelo 115 sobre arrendamientos

¿Cuándo se debe presentar el modelo 115?

La presentación e ingreso de este modelo, se efectuará en los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero en relación con las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta efectuados por el primero, segundo, tercero y cuarto trimestre del año natural, respectivamente.

En el caso de grandes empresas, la presentación e ingreso de este modelo se efectuará en los veinte primeros días naturales de cada mes, en relación con las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta que correspondan por el mes inmediato anterior. Por excepción, la declaración e ingreso correspondiente al mes de julio se efectuará durante el mes de agosto y los veinte primeros días naturales del mes de septiembre inmediato posterior.

Los vencimientos de plazo que coincidan con un sábado o día inhábil se entenderán trasladados al primer día hábil inmediato siguiente.

 

¿Qué es el modelo 180?

Junto con la obligación de declarar las retenciones practicadas, en el modelo 115, existe la obligación de presentar una declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta efectuados durante el ejercicio.
En esta declaración hay que facilitar los datos de identificación del retenedor, de los perceptores, de la renta, las circunstancias que hayan incidido en su determinación y la retención o ingreso a cuenta efectuado.

En este caso, el plazo de presentación es entre el 1 y el 31 de enero del año siguiente a aquel al que corresponde la declaración anual.
Se debe presentar de manera electrónica por Internet mediante certificados cualificados de sello electrónico y de firma electrónica o un sistema de identificación y autenticación mediante certificado electrónico, o por internet con Cl@vePIN.

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