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Mejora la ciberseguridad de tu PYME con esta subvención.

La EOI lanza una convocatoria de ayudas hasta el 15 de marzo de 2021 para mejorar los niveles de ciberseguridad de las pymes.

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Ya está disponible la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la aplicación de la ciberseguridad en las pequeñas y medianas empresas españolas en el marco del Programa Activa Ciberseguridad.

Aquellas PYMES independientemente de su forma jurídica, sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc. podrán acceder a un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la
situación de partida de la empresa beneficiaria, una auditoría de ciberseguridad, una propuesta de implantación de plan de ciberseguridad, así como el seguimiento de las medidas implantadas y valoración de otras actuaciones que sean necesarias.

Este asesoramiento se prestará por consultores especializados, a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias, y contará entre 10 y 20 horas de asesoramiento individualizado por empresa.

Servicios que incluye la subvenciones

La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios:

  • Diagnóstico inicial: recogida de información de la empresa y análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad.
  • Análisis de cumplimiento/auditoría de ciberseguridad.
  • Propuesta de Implantación de un plan de ciberseguridad en la empresa.
  • Seguimiento de las medidas implantadas y valoración de otras actuaciones que sean necesarias para mejorar la ciberseguridad de la empresa.
  • Visitas necesarias a las instalaciones de la empresa beneficiaria: Mínimo de 2. Estas reuniones podrán hacerse por videoconferencia en caso de que se mantengan las recomendaciones por la pandemia.

Si te conceden la ayuda dispondrás de, entre 10 y 20 horas de asesoramiento, en función de dos variables,
del nivel de uso de la tecnología digital y del número de trabajadores en plantilla.

Se consideran tres niveles de uso:
a) Bajo: empresas que usan habitualmente para la gestión de su negocio el correo electrónico, teléfono móvil y redes sociales.

-Nivel de uso bajo y menos de 5 trabajadores: 10 horas.
-Nivel de uso bajo y entre 5 y 50 trabajadores: 12 horas.
-Nivel de uso bajo y más de 50 empleados: 14 horas.

b) Medio: empresas que usan habitualmente para la gestión de su negocio el correo electrónico, teléfono móvil, redes sociales, PCs y web de la empresa.

-Nivel de uso medio y menos de 5 trabajadores: 12 horas.
-Nivel de uso medio y entre 5 y 50 trabajadores: 14 horas.
-Nivel de uso medio y más de 50 empleados: 16 horas.

c) Alto: empresas que usan habitualmente para la gestión de su negocio el correo electrónico, teléfono móvil, redes sociales, PCs y web de la empresa, workstations, servidores y firewalls.

-Nivel de uso alto y menos de 5 trabajadores: 16 horas.
-Nivel de uso alto y entre 5 y 50 trabajadores: 18 horas.
-Nivel de uso alto y más de 50 empleados: 20 horas.

 

 

 

 

 ciberseguridad de tu PYME
Ciberseguridad de tu PYME

Plazo y lugar de presentación de las subvenciones

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses desde la publicación de este extracto en el BOE. Por lo que tienes hasta el 15 de marzo para solicitarla.

La presentación de solicitudes se dirigirán a la Fundación EOI. También es posible enviar la solicitud por medios electrónicos mediante certificado digital válido utilizando para ello los medios disponibles en este enlace.

Una vez dentro debes cumplimentar el formulario de solicitud y adjuntar los documentos requeridos. Los documentos requeridos que te indicamos más abajo.

La documentación que debes aportar para la presentación de las solicitudes será la siguiente:

a) Solicitud con los datos de la empresa solicitante.
b) Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
c) Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
d) Declaración responsable de que la actividad se realiza en España.
e) Declaración responsable del número de trabajadores de la empresa.
f) Declaración responsable del nivel de uso de la tecnología digital de la empresa en función de lo indicado en el artículo 2 de esta convocatoria.
g) Declaración responsable del porcentaje de trabajadores con discapacidad de la plantilla de la empresa.
h) Declaración responsable de haber sufrido algún incidente de ciberseguridad en los últimos tres años naturales.
i) Declaración responsable de la entidad del porcentaje de mujeres trabajadoras de la plantilla de la empresa.
j) Declaración responsable de la entidad de no estar incursos en las causas de incapacidad para ser beneficiarias de las subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
k) Declaración responsable de la entidad de cumplimiento de los requisitos contemplados en esta convocatoria y de aceptación expresa de recepción del asesoramiento.
l) Declaración responsable en la que se detallen todas las ayudas de minimis concedidas a la empresa, o al grupo de empresas al que en su caso pertenezca, durante el ejercicio en curso y los dos anteriores. En ella deberán constar el órgano concedente, la referencia, la fecha de concesión y el importe.

 

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